Analizan régimen de nombramiento de los ministros del Poder Judicial

La Comisión de Constitución contó con la presencia del ministro de Justicia, Luis Cordero; del ministro de la Corte Suprema, Leopoldo Llanos; y de la Asociación de Magistrados y Magistradas, quienes entregaron sus planteamientos frente a las propuestas que se han presentado o presentarán sobre este punto.

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La Comisión de Constitución recibió a un grupo de actores relevantes para abordar sus planteamientos frente al sistema de nombramiento de magistrados en el Poder Judicial. Para ello, se tuvo a la vista seis mociones (boletines 16852, 16979, 17115, 17144, 17150 y 12607).

Inició la jornada de presentaciones el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero. El personero hizo un resumen de los principales criterios que el Gobierno está considerando en el debate de la reforma que se espera realizar al sistema.

El secretario de Estado anticipó que la iniciativa que impulsará el Ejecutivo se ingresará la próxima semana. Dijo que tiene claro que debe existir una propuesta permanente, pero, también, un régimen transitorio.

Relató que la iniciativa separará las funciones administrativas y jurisdiccionales de las que hoy es responsable la Corte Suprema, en distintos organismos autónomos.

También se plantearán procedimientos para que los nombramientos de jueces consideren siempre la concursabilidad y la oposición competitiva. Esto, dado que, hoy, no existe un mecanismo que permita evaluar el mérito y las capacidades de cada candidato.

Junto a lo anterior, se fijarán criterios estrictos para el desempeño en el sistema judicial, regulando la gestión de los conflictos de interés, reduciendo la opacidad y el riesgo de corrupción.

Observaciones

El ministro de la Corte Suprema, Leopoldo Llanos, sostuvo que han sido el único poder del Estado, más allá de las críticas que no pueden desconocerse, que durante los últimos 20 años han hecho propuestas para que se modifique su estructura orgánica.

Expresó que consideran que el problema de fondo de la administración de justicia y del ejercicio jurisdiccional tiene que ver con el tema de la independencia.

Indicó que han abordado el tema con la Dirección de Estudios de la Corte Suprema y que siempre primó una idea: que la reforma pasa por separar la función jurisdiccional de aquella que no tiene ese carácter.

En esa línea, dijo que están de acuerdo con lo que propondrá el Gobierno y lo expuesto en las mociones. Es decir, lo referente a que se haga un cambio en el sistema de nombramientos.

Expuso que, desde el año 2014, se habla de crear un “órgano de gobierno judicial”. Este no estaría entregado a la Corte Suprema y se encargaría de la función de formación y capacitación de los jueces. Adicionalmente, trataría de los traslados y permutas de los miembros del escalafón primario. Se sumaría a esto encargarse de: la evaluación de desempeños, la responsabilidad disciplinaria, la administración y la gestión de recursos.

Indicó que, igualmente, se está planteando crear una instancia nacional encargada de intervenir, al menos, en el nombramiento de ministros y del fiscal judicial de la Corte Suprema. Para ello se mantendría la participación de los tres poderes del Estado.

Por otro lado, respecto al nombramiento de notarios, conservadores y archiveros, dijo que existe la convicción de que es necesario suprimir esa participación del Poder Judicial.

Magistrados  

En la jornada también estuvo Javier Mora, presidente de la Asociación Nacional de Magistrados y Magistradas. Expresó que no se trata de temas fáciles, por cuanto modificar en un punto lo relativo a la composición y la estructura de la gobernanza judicial distorsiona otra.

En tal sentido, señaló que no se puede obviar que esta discusión se da en medio de una crisis donde se debaten acusaciones constitucionales contra ministros de la Corte Suprema.

Sostuvo que, desde hace más de tres décadas, la Asociación ha demandado una modificación profunda al sistema de nombramientos

Entre otros puntos, planteó que cualquier reforma al sistema de nombramientos debe asegurar las bases constitucionales de la jurisdicción. Esta consiste en la sujeción del juez a la ley. Eso supone asegurar una estructura para el Poder Judicial que garantice la independencia judicial.