La Comisión de Desarrollo Social propuso archivar el proyecto que modifica la ley que establece una reforma previsional, en lo relativo a la edad de postulación a la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (boletín 12.817).
El texto legal buscaba adelantar el trámite de solicitud de la citada pensión, al cumplir los 17 años. Ello con el objeto de mantener continuidad en el goce de los beneficios de cargo fiscal, cuestión esencial para su desarrollo e integración social.
Señalaba que para acceder a la referida pensión básica solidaria de invalidez (PBSI), se deberá presentar la correspondiente solicitud en el Instituto de Previsión Social (IPS).
Exposiciones y análisis
Antes de la votación, las y los diputados escucharon la exposición de la Directora Nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis), Gabriela Villanueva. También recibieron al Director Nacional (S) del Instituto de Previsión Social (IPS), Juan José Cárcamo.
Al respecto, Villanueva indicó que “el proyecto busca solucionar un problema que ya debiese estar resuelto, por oficio de solicitudes de Pensión Básica Solidaria de Invalidez por parte del IPS. Lo anterior fue refrendado por la modificación que se produjo con la ley 21.419, que creó la Pensión Garantizada Universal”.
“Ya se encuentra regulado en este ordenamiento jurídico vigente por la Ley 20.459, de 2010. Esta facilita el acceso a las Pensiones Básica Solidaria de Vejez e Invalidez … Esto permite poder tramitar la Pensión Básica Solidaria de Invalidez a partir de los 17 años de edad”, remarcó.