Posted on:

Comisión de Salud aprobó legislar proyectos que congelan precios y planes de las isapres

Las y los diputados acordaron presentar esta semana las indicaciones al texto, para iniciar su votación particular. La propuesta legal busca evitar las modificaciones de los planes de Salud en el marco de una pandemia como la actual.

Comisión de Salud

La Comisión de Salud aprobó, en general, las tres mociones refundidas que tienen como objetivo modificar la norma que regula el funcionamiento del Ministerio de Salud, para impedir durante la vigencia de una alerta sanitaria decretada en razón de una epidemia o pandemia, el aumento de precios de los planes de salud o las modificaciones que pretendan disminuir o limitar las prestaciones y beneficios (boletines 13.502, 13.503 y 13.504).

Previamente, de manera telemática, la instancia continuó escuchando al gerente general de la Asociación de Isapres de Chile, Gonzalo Simon, y  al doctor en Economía de Salud, Ricardo Bitrán, asesor del Banco Mundial y de  Gate Foundation, respecto de algunos temas que quedaron pendientes en la sesión anterior, sobre el contenido de las tres propuestas legislativas.

Simon manifestó que cada aseguradora ha buscado diferentes mecanismos para ayudar a las personas a mantenerse en ellas y que estos apoyos han ido desde eliminar el copago de prestaciones, hasta dar mayores facilidades para cancelarlas.

Explicó que, de acuerdo a la información que maneja la asociación, entre los meses de abril y junio del presente año se han postergado un número importante de cirugías, así como diversas atenciones; lo que significará para el sistema un gasto estimado de 120 mil millones de pesos cuando estas se puedan llevar a cabo.

Asimismo, indicó que, a la fecha, se han financiado más de 160 mil exámenes de PCR, a lo que se suman ahora los test rápidos; ambos con costo cero para los afiliados, lo cual ha significado un desembolso que supera los cuatro mil millones de pesos para las instituciones de salud previsional.

“A lo anterior, se suma el pago de 81.500 licencias, en el primer semestre, cuyo costo llega a los 33 mil millones de pesos”, sostuvo Gonzalo Simon.

Por su parte, Ricardo Bitrán reiteró su opinión de que el gasto de las isapres crecerá de manera exponencial cuando termine el Covid-19, debido a las probables secuelas de quienes lo han padecido.

Además, sostuvo que, en estos últimos meses, se han incrementado las atenciones de salud mental, de manera inesperada, debido al encierro y el aislamiento.

“Se prevé que las isapres entren en un déficit operacional mayor a los registrados en el 2019, por los gastos de la pandemia, los cuales aún no terminan”, señaló Bitrán.

Por estas razones, ambos invitados coincidieron en que la aprobación del texto en trámite podría llevar a algunas isapres a la quiebra, pues el congelamiento de los planes no permitiría financiar las demandas que sus afiliados requerirán.

Texto del proyecto

El texto aprobado por la Comisión plantea incorporar al Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, del Ministerio de Salud, un artículo 197 bis, el cual establece que las instituciones de salud previsional estarán impedidas, durante la vigencia de una alerta sanitaria, decretada en razón de una epidemia o pandemia, y hasta 180 días siguientes a la cesación de este período, de aumentar el precio de los planes de salud, disminuir o limitar sus prestaciones y beneficios.

Además, estipula que, en caso de que el impedimento señalado anteriormente se extienda por más de un año, las instituciones de salud previsional no podrán acumular el aumento del precio base del plan no efectuado durante ese periodo a la modificación que realicen el año siguiente.

La propuesta legal también incorpora un artículo transitorio para establecer que si una isapre modificó los planes en el periodo comprendido entre el 18 de marzo de 2020 y  hasta que entre en vigencia esta ley, deberá reembolsar al cotizante lo pagado en exceso, dejar sin efecto el término del contrato o reestablecer las prestaciones y beneficios de salud, según corresponda.

El reembolso señalado deberá ser realizado por la aseguradora en un plazo no superior a 30 días corridos. Respecto al restablecimiento de las prestaciones y beneficios de salud, indica que operarán de pleno derecho al momento de entrar en vigencia la ley.

Finalmente, la Comisión acordó abrir plazo para presentar indicaciones hasta el jueves 9 de julio, para proceder a votar en particular la iniciativa que, entre otros puntos, debe zanjar si el presente cuerpo legal será aplicable solo cuando se decrete estado de catástrofe por epidemia o pandemia o siempre que se declare una alerta sanitaria por los casos mencionados.