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Cámara aprobó norma que amplia vigencia de las plantas municipales

El proyecto, despachado ahora al Senado, pone como plazo el 31 de diciembre de 2022 para que los municipios solucionen los problemas de planta con su personal.

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas (boletines 13.195 y 13.746) que amplía el plazo para que los municipios puedan resolver la situación de sus plantas municipales pendientes.

El texto, tras ser revisado por la Sala de la Corporación y visado por la Comisión de Gobierno Interior, viene a fijar un nuevo plazo, el 31 de diciembre de 2022, para que cerca de 100 municipios solucionen sus problemas de planta de personal.

La iniciativa, expuesta a la Sala en su segundo informe por el diputado Celso Morales (UDI), modifica el régimen de tramitación y entrada en vigencia de los reglamentos que fijen o modifiquen las plantas de personal municipal, dictados de conformidad con la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

La norma indica que los reglamentos que hubiesen sido aprobados por el concejo municipal o estén en proceso de toma de razón, entrarán en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial, con excepción de aquellos que se encuentren vigentes a la fecha de publicación de esta ley.

Además, se plantea que los reglamentos que, habiendo sido aprobados por los concejos municipales durante los años 2018 y 2019 y publicados entre el 1 de enero de 2020 a la fecha de publicación de esta ley, entrarán en vigencia en paralelo con la norma.

Excepcionalmente, aquellos reglamentos que sean publicados hasta 60 días después de la publicación de la presente ley, entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Detalles de la iniciativa

En cuanto a la aceptación de la planta de personal y el reglamento que la contenga, se considerarán aprobados en la primera sesión en que se pronuncie favorablemente el concejo municipal.

Se estipula, además que, en aquellos casos en que se haya efectuado un requerimiento al Tribunal Electoral Regional, los reglamentos podrán ser ingresados a la Contraloría General de la República, una vez que estos sean rechazados, con prescindencia de la fecha, y entrarán en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial.

Los reglamentos dictados estarán vigentes por un periodo de cinco años, pudiendo ejercerse nuevamente esta facultad dentro de los dos años siguientes a su vencimiento.

La norma indica que el plazo para llamar a concursos públicos se extiende hasta el término de la pandemia de Covid-19. Esto, en la medida que los municipios cuenten con los recursos para financiar los cargos a concursar y que la reactivación les permita cumplir con la proyección de ingresos.

Participaron en el debate las diputadas Joanna Pérez (DC) y Nora Cuevas (UDI); y los diputados Leonidas Romero (RN), Iván Flores (DC) y Renzo Trisotti (UDI).