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Constitución aprobó en particular la creación de un gravamen a las grandes fortunas del país

La moción parlamentaria conocida como “Impuesto a los Súper Ricos” permitiría la transferencia directa de recursos en apoyo a los hogares afectadas por la pandemia. La instancia aprobó, además, una rebaja del IVA a ciertos productos y servicios hasta diciembre de 2022.

Luego de ser aprobado en general por la Sala de la Cámara el pasado 21 de abril, el proyecto que grava el patrimonio a quienes son considerados como las grandes fortunas del país, hoy fue despachado, en particular, en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

La norma, iniciada en una moción de la diputada Camila Vallejo (PC), crea un impuesto al patrimonio de determinadas personas naturales, destinado al financiamiento de una renta básica de emergencia (boletín 13.555).

En específico, se establece un impuesto transitorio al patrimonio de las grandes fortunas personales y un aumento transitorio del impuesto de primera categoría.

El impuesto se aplicará con una tasa del 2,5%, sobre aquella parte del patrimonio neto que exceda la suma equivalente, en pesos chilenos, de US$22 millones.

La moción estipula que este impuesto transitorio se aplicará durante el ejercicio 2021 y gravará el patrimonio neto. Este se entenderá como la totalidad de bienes, derechos, valores y/o beneficios ubicados en Chile y/o el exterior, deducidas las deudas u obligaciones fehacientemente acreditadas, contraídas para su adquisición.

La recaudación permitirá el financiamiento de transferencias monetarias de apoyo a los hogares, legisladas por el Congreso Nacional, con el fin de solventar sus gastos con ocasión de la emergencia sanitaria.

Debate

En la sesión, las y los parlamentarios rechazaron una serie de propuestas, presentadas vía indicaciones por diputados del oficialismo, que promovían una nueva ventana de recaudación por medio del Fondo de Utilidad Tributaria (FUT), la repatriación de capitales, impuestos sustitutivos y exenciones tributarias.

Desde el sector se valoró la posibilidad que, mediante la presentación indicaciones, se puedan rebajar impuestos para la clase media.  Pero, reiteraron que con el llamado “Impuesto a los Súper Ricos” no se recaudan más recursos, porque es muy difícil cuantificar los patrimonios, siendo una medida poco eficaz.

Por su parte, el subsecretario General de la Presidencia, Máximo Pavez, aseguró que la propuesta de Chile Vamos “es más responsable y menos improvisada que la presentada por el Partido Comunista”.

Desde la oposición, en tanto, reconocieron que la presentación de estas indicaciones avalaría el mecanismo de esta reforma constitucional para modificar o crear impuestos transitorios.

La comisión también rechazó una indicación que proponía aumentar el gravamen de un 2,5 a un 5%; y otra que incluía en el pago de este impuesto a los partidos políticos que tengan un patrimonio de más de US$22 millones.

Asimismo, la comisión rechazó descontar del pago de contribuciones los pagos realizados el 2020 por concepto de dividendos de viviendas de hasta 5 mil UF.

Rebaja del IVA

La comisión, en cambio, sí respaldó una indicación presentada por diputados de Chile Vamos que reduce, en forma excepcional hasta el 31 de diciembre de 2022, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de un 19 a un 10% de los siguientes bienes y servicios:

  1. Combustibles. Aplicable únicamente a personas que no sean transportistas ni se dediquen al transporte de carga o transporte de pasajeros.
  2. Alimentos utilizados para la nutrición humana o animal, sin incluir las bebidas alcohólicas; así como animales, vegetales y demás productos utilizados para la obtención de alimentos.
  3. Productos sanitarios, material, equipos o instrumental que se utilicen para prevenir, diagnosticar, tratar, aliviar o curar enfermedades o dolencias del hombre o de los animales que se encuentren en venta al público.
  4. Hotelería, acampamiento y balneario, restaurantes y, en general, el suministro de comidas y bebidas para consumo local.
  5. La asistencia sanitaria y dental que no goce de exención.
  6. Servicios de estética y belleza integral.
  7. Servicios y establecimientos deportivos.
  8. Flores y plantas ornamentales.
  9. Servicios ofrecidos por empresas funerarias.

 

Asimismo, se reducirá el IVA de un 19 a un 4% aplicable a:

  1. Productos básicos como pan, harina, huevos, leche, quesos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales.
  2. Libros, diarios y revistas que no contengan única o fundamentalmente publicidad.
  3. Medicamentos para uso humano, así como las sustancias medicinales y productos intermedios utilizados en su obtención.
  4. Las prótesis, órtesis e implantes internos para personas con minusvalía.
  5. Los servicios de tele asistencia y ayuda a domicilio.

 

La iniciativa será revisada nuevamente por la Sala de la Corporación y será informada por la diputada Camila Vallejo (PC).