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CMF expuso instructivo sobre retiro de rentas vitalicias

El presidente de la Comisión para el Mercado Financiero, Joaquín Cortez , afirmó que si el anticipo es de un 10% de la reserva, la pensión del solicitante caerá también en un 10% y negó que exista enriquecimiento de las compañías de seguros. La Comisión de Constitución, además, despachó a Sala el proyecto que tipifica la utilización de menores en la comisión de crímenes o delitos.

La Comisión de Constitución conoció los alcances de la Circular 1208 emitida por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) donde imparte instrucciones a las aseguradoras respecto de la Ley 21.330 que permite el retiro de fondos de rentas vitalicias.

El instructivo sostiene que, de acuerdo a esta ley, el anticipo que efectúen los pensionados o sus beneficiarios que opten por realizarlo, se imputará al monto mensual de las rentas vitalicias futuras, a prorrata, en forma proporcional y en igual porcentaje que aquel que represente el monto efectivamente retirado.

Por lo anterior, expresa el documento, el nuevo monto de pensión se estimará aplicando el porcentaje del anticipo solicitado sobre la reserva mantenida por la compañía, a la pensión vigente definida en la póliza de cierre inmediatamente anterior.

De esta manera, recalcan desde la entidad, si el anticipo es de un 10% de la reserva, la pensión del solicitante caerá en un 10%.

El presidente de la CMF, Joaquín Cortez, dijo que en el contrato de seguro vitalicio no se conoce el número de rentas que deberá pagar la compañía ya que no se sabe cuándo va a acontecer el suceso principal que pone término a las obligaciones de pago a los pensionados, como es la muerte y la extinción de pagos a los beneficiarios (también por fallecimiento o superar las edades establecidas en la ley). Por el contrario, sólo hay una estimación probabilística.

Efecto del anticipo

Sobre la disposición constitucional que posibilitó que el asegurado opte por un adelanto del pago de sus rentas vitalicias, por el equivalente al 10% de la reserva al momento del anticipo; Cortez indicó que esta regula, explícitamente, el efecto de este adelanto e instruye que se imputará al monto mensual de las rentas vitalicias futuras del pensionado a prorrata en forma proporcional y en igual porcentaje que el que represente el monto efectivamente retirado.

Por ello, enfatizó que se ha respetado el contrato original y negó que haya un enriquecimiento de las compañías, detallando que el valor que se anticipa es igual al valor de lo que se va a pagar.

Agregó que no se sabe quién pedirá el anticipo, porque hay algunos a los que les conviene y a otros no, y por eso, insistió que quieren que la gente se informe de lo que pasará con su pensión si se hace el anticipo, pero en ningún caso amedrentarla.

Por último, en su presentación, sostuvo que esto es simétrico a lo que ocurre con los afiliados del sistema de pensiones de AFP, con la única diferencia que en ese sector se va a demorar porque el recalculo se hace una vez al año y en rentas vitalicias se hace mensualmente, pero aseguró que también las pensiones van a caer en porcentaje.

Reacciones parlamentarias

El diputado Karim Bianchi (Ind.) dijo que hay cerca de 700 mil personas esperando una solución en un Estado de Excepción y no han recibido ninguna ayuda.

Subrayó que, jamás estuvo en el espíritu de la ley que se cobre mas allá de lo que se anticipó, por lo que es una interpretación antojadiza que va en favor de las aseguradoras.

Además, adelantó que se pedirá realizar una sesión especial para abordar esta materia en la que pareciera que se profundiza un contrato y se hace un negocio.

Por su parte, el diputado Leonardo Soto (PS)  pidió que se reconsidere el instructivo y que hagan valer el bien común poniéndose al servicio de las personas y no de las compañías.

La diputada Camila Vallejo (PC), a su vez, dijo que hay una interpretación errada de lo que el legislador hizo, por lo que debe reconsiderar su instructivo y respaldó la solicitud del diputado Soto.

Igualmente, el presidente de la Comisión de Constitución, Marcos Ilabaca (PS) solicitó reevaluar la medida. De lo contrario, deberán usar las herramientas que tiene el Congreso para solucionar esta situación, porque el objetivo de los legisladores fue entregar una ayuda y hoy se ha vuelto una carga.

Uso de menores en delitos

En la segunda parte de la sesión, las y los legisladores culminaron la votación del proyecto de ley que tipifica la utilización de menores para la comisión de crímenes o delitos (boletines 11.958 y 11.966), texto despachado a la Sala y cuyo informe lo dará a conocer el diputado René Saffirio (Ind.).

En el debate, los parlamentarios dispusieron que:

  • Se excluirá aplicar el grado mínimo y la pena asignada, según corresponda, a los imputados mayores de edad que participen en un delito cuando este fue cometido con la intervención de una o mas personas menores de 18 y mayores de 14 años.
  • Además, se aumentará en un grado la pena al mayor de 18 años si el delito lo comete con la participación de uno o mas  menores de 14 años de edad.