Posted on:

Regulación del uso de la leña como combustible de uso domiciliario es despachada desde comisión

El grupo parlamentario de Hacienda de la Cámara analizó los aspectos financieros de la medida, que dicen relación con facultades para la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, entre otros puntos.

Chimenea con leños ardiendo

Dos artículos permanentes y uno transitorio. Estos eran los ámbitos financieros que revisó y aprobó la Comisión de Hacienda, que despachó a Sala el proyecto que regula el uso de la leña como combustible de uso domiciliario y las condiciones para su comercialización (boletín 13664).

La moción cuenta con informe de la Comisión de Minería y Energía. Contempla compatibilizar el uso de la leña, como principal fuente de calor para muchas comunidades que la requieren por sus ventajas comparativas, con la protección y manejo sustentable del bosque y el cuidado del medio ambiente.

Asimismo, busca la protección de la salud y la generación de empleos mediante la regulación de buenas prácticas y el trabajo responsable. Ello en conjunto con el Estado y las comunidades en su producción, comercialización y fiscalización de su cumplimiento.

Artículos financieros

En especifico, la Comisión de Hacienda respaldó que la Superintendencia deberá implementar y administrar los siguientes registros públicos: centros de procesamiento de biomasa; comercializadores y registro de instaladores; y mantenedores de artefactos de combustión de biocombustibles sólidos autorizados.

El reglamento establecerá los requisitos que se deberán cumplir para la inscripción en cada registro. Igualmente, abarcará los procedimientos de inscripción y reincorporación, así como la periodicidad de la obligación de actualizar la información requerida.

En el caso de los comercializadores, el reglamento regulará, al menos, las condiciones de almacenamiento y de registro de sus operaciones. La inscripción de los instaladores y mantenedores de artefactos de combustión de biocombustibles sólidos en el registro, será voluntaria.

Además, se aprobaron modificaciones al decreto que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía.

La disposición transitoria, por su parte, determinó que el mayor gasto que represente la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario de entrada en vigencia se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía.

En los años siguientes, dependerá de lo que considere la Ley de Presupuestos respectiva.

Intervenciones

El diputado Harry Jürgensen (RN), uno de los autores del proyecto, resaltó que regular la producción y comercialización de la leña apunta directamente a la protección de la salud de los chilenos y el medio ambiente.

“No resulta tolerable que la leña que se comercialice actualmente no sea apta como un biocombustible seguro y que no impacte gravemente el medio ambiente”, acotó.

Argumentó que el uso de la leña contribuye a la mitigación del cambio climático. Y, además de ser un recurso renovable, es el único combustible considerado carbono neutral.

El subsecretario de Energía, Francisco López, destacó la importancia de la medida, sobre todo considerando el informe del Panel Intergubernamental Sobre Cambio Climático de la ONU (IPCC).

“Este proyecto de ley no busca prohibir el consumo de leña, sino acompañar a los productores para que sea posible contar con un biocombustible de mejor calidad y con menor potencial contaminante”, precisó.

Añadió que también se establecen requisitos para el transporte y comercialización de la leña. A esto se suman facultades de fiscalización y sanción, incluyendo a diversos órganos públicos que aborden este ámbito de manera holística.