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A la Sala proyecto que prohíbe el corte de suministro de servicios básicos en pandemia

La Comisión de Economía rechazó las indicaciones presentadas en la Sala en la sesión en donde el texto se aprobó en general. En lo medular, la norma tiene como fin prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2022 el beneficio establecido en la ley vigente.

Comisión de Economía

Esta vez, no hubo luz verde en la Comisión de Economía para las indicaciones propuestas en la Sala al proyecto, aprobado en general en la sesión del 22 de diciembre de 2021, que busca prorrogar los efectos de la Ley 21.249, que prohíbe el corte de suministros de servicios básicos por efectos de la pandemia (boletín 14543)

Las observaciones fueron formuladas por los diputados de Renovación Nacional Miguel Mellado y Harry Jürgensen. Con ello, la norma retornó a la comisión técnica para el debate de su articulado, donde no convencieron al resto de los integrantes.

Las primeras observaciones eliminaban contenidos del articulo único. En tanto, la segunda buscaba incorporar la palabra “automática” tras la frase “se prorratearán.”

De esta forma, la Comisión de Economía despachará un segundo informe que será revisado por la Sala con los contenidos de la propuesta.

Alcances de la norma

Comisión de Economía

La iniciativa busca mantener  el beneficio hasta el 31 de diciembre de 2022. Esto implica que las empresas proveedoras de servicios sanitarios, así como las distribuidoras de electricidad y de gas de red no podrán cortar el suministro por mora en el pago a los siguientes usuarios:

  • Residenciales o domiciliarios.
  • Hospitales y centros de salud.
  • Cárceles y recintos penitenciarios.
  • Hogares de menores en riesgo social, abandono o compromiso delictual.
  • Hogares y establecimientos de larga estadía de adultos mayores.
  • Organizaciones sin fines de lucro.

 

La propuesta enmienda la fecha del plazo a considerar para el mecanismo de prorrateo. Así, se considerarán las deudas contraídas entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2022.

Entre otros aspectos, se definen las condiciones que deben cumplir los clientes finales para incorporarse al beneficio. Una de estos exige encontrarse dentro del 80% de vulnerabilidad. Sin embargo, este margen se corrige respecto del proyecto original y se amplía al 100%.