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Despachan proyecto sobre protección de trabajadores ante violencia laboral externa

La propuesta surgió a consecuencia de los casos de conductores del transporte público que suelen ser objeto de agresiones y amenazas. En tal contexto, se promueven nuevas obligaciones para los empleadores, junto con facilidades para avanzar en acciones civiles y penales.

Por la unanimidad de 125 votos a favor, la sala de la Cámara aprobó y despachó al Senado el proyecto que modifica el Código del Trabajo y la ley de tránsito, en materia de protección de la salud e integridad de los trabajadores que sufren violencia laboral externa.

Las y los parlamentarios ratificaron de esta forma, el segundo informe que elaboró la comisión del ramo. Ello tras analizar las indicaciones presentadas a la norma. (boletín 12256)

El proyecto impone a los empleadores que prestan servicios al transporte público del país, implementar cabinas de segregación. El objetivo es que ellas protejan la vida y la salud de los/as conductores/as en el ejercicio de sus funciones.

Corresponderá a la Dirección del Trabajo velar por el cumplimiento de esta obligación. Su infracción se sancionará con multa de 14 a 60 UTM. Se duplicará en caso de reincidencia.

Igualmente, encarga a los empleadores elaborar una política y un programa actualizado de prevención y mitigación de violencia. Esto con el fin de prevenir que, en el ejercicio de sus funciones, las y los trabajadores sean víctimas de amenazas, ataques o agresiones.

Informó el texto anta la Sala, la diputada Ximena Ossandón. Participaron también en el debate, las y los diputados Alberto Undurraga (DC), Cristhian Moreira (UDI), Mercedes Bulnes (IND), Bernardo Berger (IND), Luis Alberto Cuello (PC), Andrés Jouannet (IND), Stephan Schubert (IND), Luis Sánchez (PREP) y Andrés Giordano (IND).

Aspectos ratificados

Entre las modificaciones aprobadas se consigna que el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, siempre en coordinación con el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y por resolución fundada, podrá exceptuar a una o más empresas de la implementación de cabinas de segregación,  siempre que el empleador garantice todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y la salud de los trabajadores y trabajadoras.

Asimismo, se fijarán por reglamento las condiciones técnicas y de seguridad que deberán cumplir las cabinas de segregación, en un plazo de 6 meses.

El empleador deberá además, publicar en un espacio físico y público de la empresa un resumen o compendio de la política de prevención de la violencia, indicando expresamente los derechos y deberes de los y las trabajadoras, de la propia empresa y de las personas externas o usuarios de las empresas.

El proyecto pasó al Senado para su discusión en segundo trámite constitucional.