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Comisión recibe antecedentes sobre la gestión de la Onemi

La entidad, además, recibió la opinión de la Junta Nacional de Bomberos respecto de dos iniciativas en materia de días libres y mayores sanciones a quienes agreden a los voluntarios.

La situación actual y los desafíos futuros de la Oficina Nacional de Emergencias, Onemi, fueron el tenor del trabajo desarrollado por la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos.

En la instancia participaron el director nacional (s) de la entidad, Mauricio Tapia, el subdirector de gestión del riesgo, Rodrigo Ortiz y el subdirector de operaciones, Claudio Aldea, quienes rindieron cuenta de la gestión de la institución.

Cabe recordar que, a partir del 1 de enero de 2023, la Oficina Nacional de Emergencias (Onemi) será reemplazada por el Servicio Nacional de Prevención y Respuestas ante Desastres (Sernapred).

Al respecto, los personeros expusieron sobre la readecuación de la estructura de la Onemi. Asimismo, sobre el funcionamiento y sistema de monitoreo.

También recalcaron los avances alcanzados en los últimos años, en materia legislativa, entre otras materias. (Ver exposición completa)

Legislación pro Bomberos

La comisión, a su vez, continuó con el análisis de dos proyectos de ley relacionados con Bomberos. Sobre el particular, paticipó en la sesión el presidente nacional de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, Juan Carlos Field.

El primer proyecto modifica el Código del Trabajo para otorgar un día libre a los trabajadores dependientes que se desempeñen como voluntarios de Bomberos (boletín 15302).

El objetivo es consagrar como beneficio laboral para los bomberos activos, la entrega de un día libre con goce de sueldo.

Al respecto, Juan Carlos Field manifestó su opinión contraria ya que podría ser desfavorable para los voluntarios. Explicó que hoy varios empresarios no contratan voluntarios por la potestad legal que tienen de salir del trabajo a enfrentar las emergencias.

Reconoció que hubo bomberos que se han aprovechado de esta norma, pero que han sido sancionados por sus respectivos cuerpos.

El segundo texto legal propone aumentar las penas por delitos cometidos contra bomberos con ocasión de desórdenes públicos (boletín 15400).

Sobre el punto, el asesor jurídico de la Junta Nacional, Fernando Recio, precisó que la ley 21.246 ya incorporó en el Código Penal un aumento en la pena de los delitos de lesiones menos graves y graves, cuando se cometen contra bomberos.

Agregó que el tema ya fue debatido ampliamente, incluso con la participación del Ministerio Público. Esto, porque elevar aun más las penas significaba, prácticamente, equiparar el delito de agresión a bomberos con un homicidio.

Por esa razón, añadió, se buscó una solución alternativa que fue el aumento en un grado de la pena cuando el resultado del delito fueran lesiones graves o menos graves a los bomberos en acto de servicio.

Concluyó que estiman que estaría cubierto el tipo penal. “Nuestra opinión es que con eso estarían cubiertos los delitos en el caso de las agresiones a bomberos”, finalizó.