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Aprueban en Sala proyecto que posterga fecha del plebiscito constituyente 

La iniciativa, que surge a raíz de la situación de emergencia por el Covid-19, reprograma el plebiscito del 26 de abril para el 25 de octubre de 2020. El texto se basa en un acuerdo entre la Cámara, el Senado y 15 partidos políticos. En la ocasión, también se aprobó y despachó un proyecto que suspende la transmisión de propaganda electoral respecto de este plebiscito.

Voto

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó al Ejecutivo el proyecto de reforma constitucional, originado en dos mociones, que establece un nuevo itinerario electoral para el plebiscito constituyente y otros eventos electorales (boletines 13335 y 13336).

El texto legal indica que, en el marco del procedimiento para elaborar una nueva Constitución de la Repúblic,a se establece que tres días después de la entrada en vigencia de este artículo, el Presidente de la República convocará mediante un decreto supremo exento a un plebiscito nacional para el día 25 de octubre de 2020.

En relación a los acuerdos adoptados por el Consejo Nacional de Televisión y las sentencias de reclamación dictadas por el Tribunal Calificador de Elecciones, señala que estas continuarán vigentes y serán plenamente aplicables al plebiscito nacional del 25 de octubre de 2020.

El proyecto establece, además, que las primarias para las elecciones de alcaldes se realizarán el 29 de noviembre de este año, prorrogándose el mandato de los alcaldes y concejales en ejercicio a la fecha de publicación de esta reforma constitucional, hasta el 24 de mayo de 2021.

Asimismo, las elecciones de alcaldes, concejales, gobernadores y convencionales constituyentes (si la ciudadanía hubiese aprobado elaborar una nueva Constitución) se realizarán el 11 de abril de 2021.

En materia de inhabilidades, los candidatos requerirán no haber sido afiliados a otro partido político en el lapso comprendido entre el 26 de octubre de 2019 hasta el vencimiento del plazo para declarar candidaturas.

Además, se indica que los candidatos independientes no podrán haber estado afiliados a un partido político dentro del mismo lapso.

Debate

Tanto en la comisión de Constitución, donde se analizó previamente el texto legal, como en la Sala, se generó un intenso debate con respecto a la posibilidad de que resulte ganadora la opción “convención mixta” en el plebiscitico por el proceso constituyente. El punto fue planteado por parlamentarios del oficialismo al manifestar que, eventualmente, las nuevas fechas del calendario electoral harían topar los periodos de campaña de algunos parlamentarios con el funcionamiento de esta convención.

El argumento fue cuestionado por legisladores de la oposición, los que increparon a este sector cuestionando que se tratara efectivamente de dichos fundamentos y no de una dilatación del proceso.

En relación a esta materia se presentó una indicación del diputado Luciano Cruz Coke (Evópoli), que fue rechazada en la Sala, que señalaba que de ganar la opción favorable a la comisión mixta constitucional, el periodo de los convencionales constituyente elegidos por el Congreso que integren dicha instancia se prolongaría de pleno derecho hasta que dicho órgano fuese disuelto por cualquier de las hipótesis que establece la Constitución.

Franja electoral

Por 109 votos a favor y 1 en contra, la Sala también aprobó en su primer trámite el proyecto de reforma constitucional, iniciado en mensaje, que modifica la Carta Fundamental para suspender la transmisión de propaganda electoral sobre el próximo plebiscito nacional (boletín 13345).

Tomando consideraciones similares a las referidas para el propio plebiscito, se avanza en incorporar una disposición transitoria nueva, que suspende la aplicación de la norma vigente sobre votaciones populares y escrutinios, que establece la oportunidad en que comienza la franja electoral respecto del plebiscito, así como de los acuerdos adoptados por el Consejo Nacional de Televisión sobre regulación de la franja televisiva del mismo.

La reforma constitucional fue despachada al Senado a segundo trámite.