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Comisión de Vivienda continúa con votación en particular de nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria

El grupo parlamentario avanzó en el despacho de un amplio número de artículos sobre los cuales no había indicaciones y continuará con su labor legislativa respecto de esta propuesta el próximo lunes.

Edificios de Viña del Mar

La Comisión de Vivienda, en sesión mixta telemática y presencial, avanzó en la votación en particular del proyecto que crea una nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria (boletín 11.540).

En la oportunidad, quedaron aprobados, por unanimidad, nueve artículos (69, 70, 71, 73, 74, 76, 77, 78 y 81) y gran parte del número 68 (faltó su letra “i”), todos ellos pertenecientes al Título Xll del cuerpo legal, que concierne a las normas “de los condominios de interés público”. Quedaron pendientes, por ser motivo de indicaciones, los artículos 75, 79 y 80.

Dentro de los puntos específicos aprobados, se destaca que los gobiernos regionales, las municipalidades y los servicios de vivienda y urbanización (Serviu) podrán destinar recursos a condominios de viviendas de interés público emplazados en sus respectivos territorios. La ayuda financiera deberá ser asignada a temas como la reparación, mejoramiento o dotación de los bienes de dominio común, con el fin de mejorar la calidad de vida y seguridad de sus habitantes.

La mencionado asistencia incluye también el pago de primas de seguros de incendio y adicionales para cubrir riesgos catastróficos de la naturaleza, tales como terremotos, inundaciones, incendios a causa de terremotos u otros del mismo tipo; instalaciones de las redes de servicios básicos, dentro de los deslindes del condominio; programas de mantenimiento y pago de servicios básicos de los bienes comunes; y  capacitaciones para los miembros del comité de administración y administradores, relativos a materias propias del ejercicio de tales cargos.

Los municipios, a partir de la aprobación de la ley, deberán incorporar a todos los condominios de la comuna a los que se ha hecho referencia en un registro especial.

El articulado aprobado también los obliga a actuar como instancia de mediación extrajudicial, pudiendo ejercer siempre labores de “amigable componedor”, para lo cual podrá proponer bases de arreglo e instar a estos. Asimismo, deberá proporcionar su asesoría para la organización de los copropietarios. Para estos efectos, la alcaldía podrá celebrar convenios con instituciones públicas o privadas.

Otro elemento aprobado es que aquellos condominios de carácter social que no cuenten con un reglamento de copropiedad inscrito en el conservador de bienes raíces respectivo, sus copropietarios podrán formalizar el primer reglamento empleando con los quórums estipulados en la norma.

El presidente de la Comisión, diputado Gonzalo Winter (PCS), convocó para el próximo lunes a las y los integrantes de la mencionada instancia técnica para seguir con la tramitación del proyecto. ​