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A ley proyecto que eleva sanciones a quienes agredan a Bomberos

La Sala ratificó por amplia mayoría las modificaciones del Senado respecto de esta propuesta legal, permitiendo con ello su despachó al Ejecutivo para su promulgación.

Bombero apaga incendio

Proteger a los integrantes de los Cuerpos de Bomberos con medidas que resguardan sus derechos y su labor, penalizando todo atentado o agresión en contra de sus efectivos en el ejercicio de sus funciones, es la finalidad del proyecto despachado hoy por la Sala de la Cámara al Ejecutivo, para su promulgación como ley de la República.

La propuesta, originada en mociones refundidas (boletines 10167 y 10897), fue abordada conforme a los cambios realizados por el Senado a la iniciativa despachada previamente por la Cámara, modificaciones que fueron aprobadas por 126 votos a favor y 24 abstenciones.

En concreto, el texto avanza en sancionar a quienes agredan a bomberos en el ejercicio de sus funciones con una pena aumentada en un grado respecto de delitos ya tipificados en el Código Penal (Número 2 del art. 397 y art. 399).

En el primer caso, se apunta a lesiones que produjeran al ofendido enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días; mientras que, en el segundo, se abarcan las lesiones menos graves.

En sus fundamentos, el proyecto destaca que la legislación vigente solo estable mecanismos de protección al actuar de bomberos en actos de servicio en materia de falsa alarma de incendio y de obstaculización de su trabajo, no indicando ninguna norma relativa a los atentados que, directamente, sufren los bomberos a su integridad con ocasión del ejercicio de su servicio.