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A tercer trámite proyecto que establece la Ley Nacional del Cáncer

Modificaciones menores realizó la Cámara de Diputados, al mensaje presidencial que busca otorgar tratamiento integral, en cuanto a prevención, detección y acceso oportuno a la atención de los pacientes con cáncer.

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a su tercer trámite legislativo, al Senado, el mensaje presidencial (boletín 12.292) que establece una ley nacional del cáncer, marco normativo que rinde un homenaje póstumo al doctor Claudio Mora, quien luchó por esta iniciativa.

La propuesta fue aprobada en su idea de legislar en forma unánime, por 153 votos a favor, en lo referente a sus normas generales, y por 151 votos a favor y una abstención, en lo relativo a sus disposiciones de quórum especial. Luego, se resolvieron dos artículos en votación separada, resultado ambos aprobados en los términos propuestos por la Comisión de Salud, no así una indicación planteada por el Ejecutivo a uno de ellos.

Los diputados Ricardo Celis (PPD) y Sofía Cid (RN), fueron los encargados de entregar los informes de las comisiones de Salud y de Hacienda, respectivamente. El debate continuó luego con la intervención de 21 legisladores/as. Entre ellos, José Miguel Castro (RN), Marcos Ilabaca (PS), Daniel Verdessi (DC), Marisela Santibáñez (PC), Florcita Alarcón (PH), Ricardo Celis (PPD), Frank Sauerbaum (RN), Marcela Hernando (PR), Luis Rocafull (PS), Iván Flores (DC), Jaime Bellolio (UDI), Karol Cariola (PC), Alejandra Sepúlveda (FRVS), Loreto Carvajal (PPD), Matías Walker (DC), Manuel Monsalve (PS), Javier Macaya (UDI), Jorge Sabag (DC), Ximena Ossandón (RN) y Patricio Rosas (Ind.).

Posteriormente, intervino el ministro de Salud, Enrique Paris quien sostuvo que esta es una ley fundamental para el Estado de Chile, ya que, de los 50 mil pacientes con cáncer que existen anualmente, mueren 25 mil personas.

El objetivo de la iniciativa es establecer un marco normativo que permita desarrollar políticas, planes y programas relacionados con la enfermedad del cáncer, abordando todas las etapas del manejo de la enfermedad. Para ello, se crea el Plan Nacional del Cáncer, la Comisión Nacional del Cáncer y el Fondo Nacional del Cáncer.

La Cámara ratificó las modificaciones realizadas por la comisión de Salud, relativas a las guías de práctica clínica para el tratamiento de los distintos tipos de cánceres y patologías asociadas que desarrolla el Ministerio de Salud, rebajando de 5 a 2 años, su revisión.

También sobre la Comisión Nacional del Cáncer, se implementa un reglamento para la elección de entidades que designarán a sus miembros, la forma de funcionamiento y que defina la representación considerando las zonas geográficas de la Red Oncológica. Además, se establece que sus integrantes durarán 3 años en sus cargos.

Por otra parte, se agregó una nueva disposición que establece que el trabajador o trabajadora diagnosticada con cáncer gozará de fuero laboral, a contar del respectivo diagnóstico de dicha enfermedad y hasta un año después de la certificación médica de la remisión total.

Contenido del Proyecto

Sala

La propuesta legal se inspira en cuatro principios: Cooperación público privada, intersectorial e interinstitucional; protección de datos personales; participación de la sociedad civil y de organizaciones de pacientes de cáncer o sus familias; y humanización del trato, que considere la atención interdisciplinaria, incorporación de terapias complementarias, así como el derecho a tener compañía y asistencia espiritual.

El Ministerio de Salud será el responsable de elaborar el Plan Nacional del Cáncer, que dispondrá los objetivos, acciones, indicadores de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, investigación, formación y capacitación de recursos humanos, rehabilitación y cuidados paliativos con un enfoque de atención integral de la persona y su familia.

Dicho plan tendrá una duración de cinco  años, debiendo ser evaluado y actualizado a lo menos cada cinco años, de  acuerdo a la evidencia  científica disponible. Igualmente, el Minsal será el encargado de elaborar guías clínicas, protocolos y orientaciones técnicas.

A su vez, el Ministerio fomentará la formación de recursos humanos especializados, que incluya médicos cirujanos y otros profesionales del área de la salud y de las ciencias; y la investigación científica biomédica, clínica y de salud pública en cáncer.

Se establecerá una Red Oncológica Nacional que considera centros especializados para el diagnóstico, tratamiento y seguimiento de los pacientes con cáncer; que se categorizarán como de alta, mediana y baja complejidad y que, geográficamente, se ubicarán en las zonas norte, central, región Metropolitana, centro sur y sur.

Mientras, la Subsecretaría de Redes Asistenciales desarrollará un Registro Nacional del Cáncer, enfermedad que será de notificación obligatoria.

Por otra parte, se crea la Comisión Nacional del Cáncer, que asesorará al Minsal en la formulación de políticas y planes, en la investigación científica y en la implementación de estrategias de prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos.

La Comisión estará integrada por 5 representantes de las sociedades científicas, 3 de las facultades de medicina de instituciones de educación superior acreditadas, 3 delegados de fundaciones u organizaciones de pacientes. Los integrantes serán elegidos por las entidades  mencionadas.

La norma también crea un Fondo Nacional del Cáncer destinado a financiar,  total o parcialmente, programas y proyectos relacionados con la investigación, evaluación, promoción y desarrollo de iniciativas para la prevención, vigilancia y pesquisa del cáncer. El Fondo estará constituido por los aportes anuales de la Ley de Presupuestos; los recursos provenientes de la cooperación internacional; los aportes por concepto de donaciones, herencias o legados; y recursos que asignen los Consejos Regionales que correspondan a la región, para investigación, adquisición de medicamentos, equipamiento o capacitación.

En cuanto a recursos, la iniciativa considera para la creación del Registro Nacional del Cáncer 237 mil millones de pesos, por una vez, y 55 mil millones para su mantención, en los años siguientes. Para la Red Oncológica Nacional, se proyecta un gasto total de hasta 20 mil 620 millones de pesos durante el primer año de vigencia de la ley. Asimismo, se consideran 60 mil millones de pesos del presupuesto sectorial de salud del año en curso, para dar protección financiera a los afiliados del seguro público de salud que requieran de aquellas prestaciones oncológicas.