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A mixta proyecto que regula estado de alerta para prevenir daños a infraestructura crítica

La iniciativa, analizada por la Sala de la Corporación en segundo trámite, no obtuvo el respaldo suficiente para aprobar la idea de legislar dado el alto quórum exigido.

Testera de la Sala

Por no alcanzar el quórum requerido, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados rechazó el proyecto de reforma constitucional que regula el estado de alerta para prevenir daños a infraestructura crítica (boletín 13.086).

El texto, que requería de 93 votos para ser aprobado en su idea de legislar, solo obtuvo 74 votos a favor, 63 en contra y dos abstenciones, por lo que deberá ser analizado ahora por una comisión mixta compuesta por senadores y diputados, con el objeto de resolver las discrepancias surgidas durante la tramitación.

Representarán a la Corporación en dicha instancia los diputados Luis Pardo (RN), Jorge Alessandri (UDI), Leonardo Soto (PS), Matías Walker (DC) y Jorge Brito (RD).

La normativa precisa que cuando exista un grave peligro a la infraestructura crítica del país, el Presidente de la República podrá decretar que las Fuerzas Armadas se hagan cargo de esta.

Para lo anterior, indica el texto, el jefe de Estado deberá dictar un decreto fundado y la medida no podrá extenderse por más de 15 días corridos y solo podrá prorrogarse por una sola vez, con el acuerdo del Congreso Nacional.

Según describe el documento, la infraestructura crítica comprende las instalaciones, sistemas o componentes de empresas o servicios, cualquiera que sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública cuya perturbación en su funcionamiento o destrucción tendría un grave impacto sobre la población.

Debate y fundamentos

Testera

Respecto al debate, mientras en el oficialismo se llamó a respaldar la iniciativa, la oposición tuvo una mirada crítica debido a la discrecionalidad con que el Mandatario podría recurrir a esta facultad, entregando a las Fuerzas Armadas atribuciones exclusivas de las policías, sin que exista, a la fecha, una definición clara de qué se entiende por infraestructura crítica o qué inmuebles definitivamente la componen.

Cabe agregar que entre los antecedentes de esta moción se señala que, de conformidad al Sistema de Inteligencia del Estado, definido en la Ley 19.974, la inteligencia se desarrolla para apoyar la toma de decisiones, donde lo más importante es proteger al país de amenazas, mandatando a la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI) para adoptar las medidas necesarias para ello.

Se agrega que todo Sistema de Inteligencia posee niveles de Alerta Estratégica para señalar las condiciones en que el país puede estar enfrentando un riesgo particular. Así, los países tienen distintos sistemas de alerta para prevenir ataques sobre sus infraestructuras críticas y, ante  agresiones probables, emplean fuerzas militares para aumentar el  grado de protección de ellas.

Igualmente, se indica que en  Chile no existe aún una legislación que se haga cargo de la seguridad de la infraestructura crítica en las diversas condiciones de alerta, tanto desde el punto de  vista de la  seguridad  física, considerando guardias de seguridad  privados, policías o incluso efectivos de las Fuerzas Armadas, como también de la seguridad digital o ciberseguridad.

Al respecto, se señala que la infraestructura crítica, si bien ha sido definida conceptualmente en la Política Nacional de Ciberseguridad, no  existe aún institucionalidad que la determine con precisión.

A continuación, indican que el país posee una gran cantidad de infraestructura de este tipo que es clave para el desarrollo y desenvolvimiento de las personas y la mantención de la vida cotidiana, la cual debe ser debidamente resguardada por el Estado, especialmente en situaciones de crisis, cuando existe una amenaza probable de ataque sobre ellas.