Posted on: . Updated on:

Aprueban en comisión el destino provisional de bienes incautados en delitos de narcotráfico

En el marco de la votación en particular que realizan las y los diputados de Constitución sobre el proyecto que mejora la persecución del narcotráfico y crimen organizado, se ratificó que los instrumentos incautados puedan ser derivados a una institución privada sin fines de lucro cuyo objetivo sea la prevención del consumo de drogas o la rehabilitación de las personas afectadas.

Comisión de Constitución

En sesión mixta presencial-telemática, la Comisión de Constitución continuó con la votación del articulado del proyecto  que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de mejorar la persecución del narcotráfico y crimen organizado, regular el destino de bienes incautados en esos delitos y fortalecer las instituciones de rehabilitación y reinserción social (boletines 13.588, 11.915, 12.668 y 12.776).

Entre las modificaciones a la Ley 20.000, el grupo parlamentario aprobó cambiar el artículo 40 para incorporar a los bienes muebles e inmuebles entre los instrumentos incautados que el juez de garantía podrá destinar provisionalmente a petición del Ministerio Público, a una institución del Estado o, previa caución, a una institución privada sin fines de lucro.

Como condicionante se define que la entidad beneficiada deberá tener como objetivo la prevención del consumo indebido, el tratamiento y la rehabilitación de las personas afectadas por la drogadicción o el control del tráfico ilegal de estupefacientes.

A su vez, se enmienda la Ley de Drogas para incorporar que los bienes podrán ser destinados provisionalmente a unidades policiales que tengan como objeto la desarticulación de organizaciones criminales destinadas a cometer los delitos de drogas, las que deberán hacerse cargo de su conservación.

Agrega que los inmuebles incautados estarán exentos del pago de impuestos, contribuciones o cargas mientras subsista la incautación.

Además, la Comisión respaldó una indicación del diputado Leonardo Soto (PS) que establece que el Ministerio del Interior deberá elaborar un reglamento para regular la destinación provisoria de bienes incautados.

Por otra parte, se aprobó un nuevo artículo 40 bis, que señala que, a solicitud del Ministerio Público o del Servicio Nacional de la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (Senda), el juez de Garantía podrá disponer la enajenación temprana de los bienes incautados, siempre que se tratare de vehículos motorizados o bienes respecto de los cuales existen antecedentes de que continúan siendo utilizados en actividades ilícitas.

En este marco también podrán entrar bienes sujetos a corrupción, susceptibles de próximo deterioro, cuya conservación sea difícil o muy dispendiosa. La norma detalla, posteriormente, los procedimientos administrativos para su ejecución.

Una indicación que fue rechazada es la del diputado René Saffirio (IND) que eliminaba la posibilidad de destinar provisoriamente bienes a instituciones sin fines de lucro.

En tanto, la instancia respaldó el oficio que propuso enviar el parlamentario para que las policías informen sobre el destino y uso de los vehículos que han sido entregados por la ley 20 mil.

Debate

En la discusión participaron el director de Senda, Carlos Charme, el asesor del Ministerio del Interior, Ilan Modles, y representantes del Ministerio Público y de la Defensoría Penal.

Charme explicó que se busca dar claridad jurídica de los bienes muebles e inmuebles destinados a Senda y a unidades policiales que se dedican a la persecución del narcotráfico, lo que hoy está regulado por el decreto 820.

El personero entregó cifras de los últimos tres o cuatro años y dijo que, en total, 359 vehículos fueron destinados a las policías y otras instituciones: 318 a la PDI;  34 a Carabineros; cuatro a Gendarmería; uno a Directemar; y uno al Servicio de Salud.

Mauricio Fernández, del Ministerio Público, valoró la nueva norma porque mejora y procesa aspectos relevantes de la aplicación del destino provisional de bienes, lo que, muchas veces, también se relaciona a otros delitos como el lavado de activos contenido en la Ley 19.913.

A su vez, destacó el fortalecimiento de las capacidades investigativas e indicó que los vehículos son útiles porque no son institucionales y son relevantes en operaciones policiales encubiertas.

Mientras que Sebastián Undurraga, de la Defensoría Penal, consideró que la norma debería hacer una distinción ya que no todos los delitos conectan con el lavado de activos o blanqueo de dinerosa, tiempo que se refirió a bienes inmuebles que son de destino habitacional en el caso de mujeres investigadas y condenadas luego por microtráfico.

En otro punto de la discusión, que cuestionaba la entrega de bienes a instituciones privadas sin fines de lucro, Charme indicó que alrededor de 700 mil personas, entre 12 y 74 años, tienen consumo problemático de alcohol y drogas, de los cuales, 90 mil adultos participan en planes de rehabilitación. Para ellos, la oferta pública cubre el 60 % de atención, donde también colaboran instituciones privadas a través de licitaciones, las que cumplen un rol fundamental.

Para una próxima sesión, se abordará el tema de las sustancias o materias primas empleadas en la elaboración de la droga que son incautadas y que, actualmente, se entregan al Servicio de Salud, labor que se quiere ampliar a los laboratorios policiales para la elaboración del protocolo de análisis químico.

Los parlamentarios lamentaron la nueva ausencia del Ministro del Interior en la discusión de este proyecto de ley, así como de autoridades de salud.