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Comisión investigadora de alzas de luz en pandemia aprobó conclusiones

En forma transversal fueron aprobadas las conclusiones en la instancia, que tiene como plazo el lunes 30 de noviembre para emitir su informe.

En sesión telemática, los integrantes de la Comisión Investigadora por alzas en las cuentas de la luz durante la pandemia Covid-19 (CEI 51), concordaron y votaron las conclusiones y las propuestas surgidas a raíz de la información recabada.

Cabe recordar que la instancia recibió en los últimos dos meses a autoridades, representantes de empresas eléctricas y de organizaciones de consumidores y usuarios, entre otros.

Durante la sesión, se trabajó sobre el texto propuesto por el diputado Jorge Rathgeb (RN), el que fue enriquecido con propuestas del resto de los parlamentarios presentes: Jorge Sabag (DC), Boris Barrera (PC), Carlos Kuschel (RN), Jaime Tohá (PS), Pablo Vidal (RD) y Andrés Longton (RN).

En primer lugar, el documento detalla cada uno de los problemas que enfrentaron tanto los clientes comerciales como residenciales, durante la pandemia en diversas regiones del país, respecto a los cobros en sus cuentas de la luz y plantea las siguientes conclusiones:

  1. Que desde la publicación de la ley 21.185  (2 nov. 2019) que creó un mecanismo transitorio de estabilización de precios de la energía eléctrica para clientes sujetos a regulación de tarifas, estas se encuentran fijas y, por tanto, no ha existido una variación imputable a ellas que haya tenido efectos en las boletas de los clientes.
  2. La suspensión de las lecturas de medidores y reparto de boletas en terreno, por parte de las empresas distribuidoras, fue una medida desprolija, pues la facturación provisoria se realizó de una manera tal que ella no consideró, debiendo hacerlo, las particularidades de su aplicación en un contexto de pandemia y crisis económica. De este modo, se generó una afectación indebida e innecesaria a los usuarios finales, lo que resulta especialmente grave en un contexto de estrechez económica e incertidumbre para las familias como consecuencia de la pandemia.
  3. El procedimiento de facturación provisoria ha provocado distorsiones en las cuentas de la luz. Los aumentos de facturación registrados se deben a reliquidaciones entre la facturación estimada y la real, siendo esta última mayor, debido a los confinamientos y a la acumulación del costo de transmisión.
  4. A esto se suma que al determinar el saldo por pagar entre la lectura real y la facturación provisoria se dividió el saldo en dos meses, en vez de los cuatro meses que se debieron considerar. En muchos casos la acumulación significó exceder el límite de invierno de los meses de junio y julio, período en el que se aplica una sobre tarifa.
  5. Si bien la Superintendencia realizó una labor de fiscalización, debió ser más diligente y proactiva en anticipar instrucciones para la correcta aplicación de la facturación provisoria, antes de que los problemas derivados de ella fuesen masivos, estableciéndose que la detección de los problemas en el cobro de las boletas fue producto o consecuencia de los reclamos efectuados por los propios clientes o usuarios, aún cuando la SEC tenía conocimiento de la aplicación del sistema de facturación provisoria.

Propuestas

En materia de propuestas, el informe emanado de la comisión investigadora, respaldado en forma unánime y que será informado a la Sala por el presidente de la instancia, Jorge Sabag, plantea:

  1. Para evitar que errores en la facturación provisoria vuelvan a perjudicar a los clientes regulados en caso de producirse un rebrote del coronavirus, que impida tomar lecturas en algunas comunidades, regiones o comunas, se sugiere perfeccionar este sistema, estimando el consumo, por ejemplo, en base al del mismo mes del año anterior.
  2. Facilitar y acelerar el proceso de firma de convenios celebrados entre municipalidades y la Superintendencia para hacer más accesible la presentación de reclamos.
  3. Solicitar al Presidente de la República:
  • El envío de un proyecto de ley de fortalecimiento de la SEC, especialmente en relación con las facultades que se le confieren para impartir órdenes e instrucciones a las empresas distribuidoras de electricidad, respecto de criterios y metodologías para resolver reclamos; y ordenar que, no obstante que la resolución de un reclamo corresponda a un caso particular, lo resuelto se ejecute y aplique por la empresa reclamada para todos los casos que cumplan las mismas condiciones o características.
  • Que, en el contexto de la tramitación de la reforma integral al sistema de distribución eléctrico, se consideren las conclusiones y propuestas de esta comisión, en materia de facturación e información para los clientes, en particular en situaciones excepcionales como la pandemia y la portabilidad eléctrica, entre otras. Este punto fue aprobado por mayoría, en votación separada solicitada por el diputado Vidal, quien se mostró en contra de incluir el tema de la portabilidad eléctrica, porque se alejaría de lo investigado en la comisión. Además, se abstuvo el diputado Barrera.
  • Una propuesta legislativa de subsidio escalonado al consumo eléctrico, y que además se considere el prorrateo que se establece en la ley de Servicios Básicos por 12 meses, se aplique automáticamente, a menos que el cliente manifieste su voluntad de pago inmediato de la cuenta de electricidad.
  • Que con urgencia, envíe una propuesta legislativa o administrativa que resuelva el perjuicio respecto de los cobros de transporte de electricidad que no se cobraron en los meses respectivos.