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Rechazan reforma para que chilenos en el extranjero participen en Convención Constituyente

Por no alcanzar los votos necesarios, la Sala de la Cámara rechazó la normativa que planteaba permitir a los chilenos y chilenas que habitan fuera del territorio nacional escoger representantes para redactar la nueva Constitución.

Dip. Pablo Vidal

79 votos a favor, 65 en contra y dos abstenciones, obtuvo en la Sala de la Cámara el proyecto de reforma constitucional (boletín 13813), iniciado en moción, que creaba distritos electorales en el extranjero, en los que los chilenos podrían haber votado y postulado a la Convención Constituyente (artículo 131), no alcanzado con ello el quórum mínimo de aprobación de 93 votos favorables.

La propuesta, que ahora pasó a archivo al entenderse por rechazado, planteaba que los chilenos y chilenas radicados en el extranjero podía participar como electores en la elección de miembros de la Convención Constitucional.

Además, establecía tres escaños de convencionales constituyentes para la representación de los chilenos y chilenas en el extranjero, adicionales a los establecidos en el capítulo XV de la Constitución Política de la República.

Asimismo, se plantaba que podían ser candidatos a convencionales constituyentes las personas que cumplían los requisitos establecidos en el artículo 131 de la Constitución y que se encontraban inscritos en el padrón provisorio de electores que sufraguen en el extranjero, que establecen los artículos 31 y 32 de la Ley 18.556.

Para la elección de estos Convencionales Constituyentes, se pretendía conformar un distrito único compuesto por todos los inscritos en dicho padrón.

En cuanto al número de candidatos o candidatas que podían ser declarados se consideraba lo indicado en la disposición trigésima transitoria.

Para la asignación de los escaños, se proponía aplicar el sistema electoral descrito en la Ley de Votaciones Populares y Escrutinios, y las disposiciones relativas a paridad o equilibrio de género correspondientes establecido.