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Respaldan proyecto que prohíbe a establecimientos exigir marcas de útiles escolares

En lo medular, la norma despachada al Senado dispone que los establecimientos educacionales no podrán exigir marcas de útiles escolares, ni la entrega de útiles de aseo o artículos de oficina.

Dip. Leonidas Romero

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a segundo trámite al Senado el proyecto (boletines refundidos 13.787 y 13.964) que prohíbe a establecimientos educacionales exigir la compra de útiles o textos de una determinada marca o editorial.

La iniciativa –aprobada en general y en particular por 126 votos a favor y dos abstenciones- también prohíbe condicionar la matrícula a la citada compra.

En primer término, el texto informado a la Sala por el diputado Leonidas Romero (RN), de la Comisión de Educación, dispone que los establecimientos educacionales no podrán exigir marcas de útiles escolares, ni la entrega de útiles de aseo o artículos de oficina.

Excepcionalmente, se agrega, los establecimientos de educación parvularia podrán recibir pañales u otros útiles de aseo de uso personal. Además, podrán efectuar recomendaciones sobre determinados productos, indicando sus fundamentos pedagógicos acreditables.

El Estado propenderá al aumento gradual en la entrega gratuita de útiles escolares para las y los estudiantes del sistema educacional, de acuerdo a sus niveles y necesidades.

Asimismo, los establecimientos educacionales particulares no podrán exigir la compra o adquisición de textos escolares de una determinada editorial, ni podrán condicionar la matrícula de sus alumnos a dicha compra o adquisición de textos escolares. Estos establecimientos particulares estarán obligados, en todo momento, a aceptar el uso, por parte de sus alumnos, de los textos escolares validados por el Ministerio de Educación.

Los establecimientos escolares que opten por no utilizar los textos escolares que gratuitamente otorga el Estado informarán anualmente a los padres, madres y apoderados y al centro de estudiantes, los motivos pedagógicos que fundamentan su decisión y, en ningún caso, podrán exigir versiones actualizadas de textos escolares o su formato material.

Una copia de dicha comunicación debe ser remitida por el sostenedor del establecimiento y firmada por el director a la Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva.

Los textos escolares elaborados o licitados por el Estado serán de acceso público en su versión digital para estudiantes, padres, madres y apoderados, así como para profesionales y asistentes de la educación; y tendrán en su formato material el carácter de gratuitos, en conformidad a la ley, para los matriculados en un establecimiento municipal, particular subvencionado o de administración delegada, reconocido por el Estado.

Las infracciones a lo dispuesto serán sancionadas con multas de 25 a 75 UTM, por cada estudiante afectado, debiendo duplicarse en caso de reincidencia sobre la misma materia y se tramitarán ante la Superintendencia de Educación.

Debate y mociones

Sobre esta materia hicieron uso de la palabra los diputados Juan Santana (PS), Sergio Bobadilla (UDI), Jorge Sabag (DC), Pedro Velásquez (IND) y Jaime Naranjo (PS), la diputada Cristina Girardi (PPD) y el Ministro de Educación, Raúl Figueroa.

La iniciativa refunde dos mociones. La primera, de la/os diputada/os PS Juan Santana, Jenny Álvarez, Juan Luis Castro, Fidel Espinoza, Raúl Leiva, Jaime Naranjo, Emilia Nuyado, Luis Rocafull, Gastón Saavedra y Jaime Tohá (boletín 13.787), modifica la Ley 20.370, General de Educación, en materia de exigibilidad de artículos de aseo o escritorio, útiles escolares de marcas comerciales determinadas y textos escolares distribuidos gratuitamente por el Estado.

La segunda moción, de la/os diputada/os UDI Sergio Bobadilla, Juan Antonio Coloma, Nora Cuevas, Juan Fuenzalida, Celso Morales, Cristhian Moreira, Nicolás Noman, Iván Norambuena y Gustavo Sanhueza, y el DC Jorge Sabag (boletín 13.964), también modifica la citada ley, para imponer a los establecimientos educacionales particulares, la prohibición de exigir a sus alumnos la compra de textos escolares determinados y la obligación de aceptar el uso de aquellos validados por el Ministerio de Educación.