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Avanza proyecto que restringe publicidad del alcohol

La Sala de la Cámara aprobó la idea de legislar de la normativa, que retornó a la Comisión de Cultura por ser objeto de indicaciones.

Sirven copa de vino

Por 74 votos a favor, 22 en contra y 37 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en general el proyecto de ley (boletín 12342) que busca restringir la publicidad de bebidas alcohólicas.

La iniciativa pretende restringir la publicidad de estos productos en los medios de comunicación, en espacios y transporte público y eventos masivos gratuitos, así como también desincentivar su presencia en eventos deportivos.

En sus ideas matrices, el proyecto plantea restringir al máximo el incentivo al consumo de bebidas alcohólicas, limitando su publicidad en medios de comunicación masivos y en la vía pública, para resguardar la vida y la salud de las personas.

Al respecto y según cifras entregadas por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (Senda), previo a la pandemia, 36 chilenos morían a diario a causa del consumo de alcohol.

Intervinieron en el debate las y los diputados Ximena Ossandón, Frank Sauerbaum y Luis Pardo de RN; Ramón Barros, UDI; Jorge Sabag, DC; Amaro Labra, PC; y los independientes Patricio Rosas y Pedro Velásquez.

El texto legal fue remitido nuevamente a la Comisión de Cultura, para la tramitación allí de las indicaciones presentadas.

Contenido del proyecto

Alcohol en supermercado

Se prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas, de los elementos de las marcas relacionados con ellas y de personas ingiriéndolas o señalando características favorables al consumo de ellas, en cualquier espacio de acceso público, incluyendo bienes de propiedad fiscal y municipal, así como en el transporte público y licitado de pasajeros, a excepción de los establecimientos que, en conformidad a esta ley cumplan con los requisitos exigidos para su expendio, consumo, comercialización o producción.

Dicha prohibición se extiende, en los mismos términos y con los mismos efectos, a la publicidad indirecta realizada por medio de emplazamiento en que se exhiba el consumo de productos o marcas de productos de bebidas alcohólicas.

La misma limitante se establece respecto de los eventos masivos gratuitos; transmisiones de radio emisoras; canales de televisión abierta y en sus señales internacionales, digitales, por cable operador y por internet; diarios; revistas, y cualquier otro medio de comunicación impreso de circulación masiva.