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Comienza tramitación de reforma constitucional que posterga elecciones

Las comisiones unidas de Gobierno Interior y Constitución iniciaron el análisis del mensaje presidencial que posterga las elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes para el 15 y 16 de mayo. Esta tarde, la iniciativa será revisada por la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados.

El proyecto de ley de reforma constitucional ingresado a tramitación (boletín 14.138) señala que la compleja realidad sanitaria hace necesaria esta decisión que fue recomendada por el comité de expertos del Covid-19 y la comunidad médica, teniendo como base el aumento significativo de los casos, el alza de las hospitalizaciones, la transmisión de variantes más contagiosas, entre otros temas.

El ministro del Interior, Rodrigo Delgado, explicó que también se busca asegurar la participación electoral en una elección inédita, que incluye lo municipal, los convencionales constituyentes y los gobernadores regionales, es decir, desde lo más local hasta lo que regirá a Chile en los próximos 40 años, dando legitimidad al proceso democrático y teniendo las condiciones necesarias para su desarrollo.

Por ello, se considera la postergación por cinco semanas de la fecha original (10 y 11 de abril) y se fijan las elecciones para los días sábado 15 y domingo 16 de mayo de 2021.

La determinación de esta fecha considera como criterios: el proceso de vacunación por Covid-19 que se encontrará más avanzando a mediados de mayo, previendo un efecto positivo de la vacunación masiva; evitar su realización en época invernal en que existe una mayor circulación viral y mantener el calendario electoral 2021.

En la sesión de las comisiones unidas de Constitución y Gobierno Interior, participaron, además, el ministro Secretario General de la Presidencia, Juan José Ossa; el presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral, Andrés Tagle; el ministro del Tribunal Calificador de Elecciones, Jaime Gazmuri; la presidenta del Colegio Médico, Izkia Siches; y las y los expertos electorales, Gabriel Osorio, David Hiuna y Julieta Suárez.

Contenido del Proyecto

La reforma constitucional contempla el cambio de las fechas referidas en el artículo 130 de la Constitución sobre la elección de los convencionales constituyentes  y en artículos transitorios que se refieren a elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes.

Además, se modifica la fecha de la segunda vuelta de los gobernadores regionales para incluirla junto a la realización de las primarias presidenciales fijada para el 4 de julio.

Se establece que el periodo de los primeros gobernadores regionales comenzará a computarse el 5 de agosto de 2021 y no el 10 de junio de 2021, como actualmente está previsto.

A su vez, se modifica la fecha de mandato de alcaldes y concejales -que ya había sido prorrogado hasta el 24 de mayo-, hasta el 28 de junio de 2021.

Asimismo, se contempla una nueva disposición transitoria que suspende la campaña electoral aplicable a las elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes, desde 24 horas del día de publicación de esta reforma hasta las 24 horas del 28 de abril, retomándose entre el 29 de abril y el jueves 13 de mayo.

Dicha suspensión contempla la propaganda electoral en prensa y radio, así como en espacios públicos. Sin embargo, se permite la presencia de fotos o carteles en espacios privados como también la transmisión de las radioemisoras de información electoral de utilidad para la ciudadanía.

Respecto a la transmisión de la franja electoral de candidatos a convencionales constituyentes se suspenderá el día de la publicación de la reforma, si ese día es anterior al 8 de abril. Si quedara un remanente de días para completar la transmisión, los canales de televisión deberán destinar un número equivalente de días al remanente para transmitir la franja televisiva, hasta el tercer día anterior a la elección.

En cuanto al financiamiento y gasto electoral, solo se considera el derecho a usos de bienes muebles o inmuebles o actos y pago de personas que formen parte del equipo del candidato, excluyendo a los brigadistas. Asimismo, se mantendrá vigente el sistema de recepción de aportes del Servicio Electoral para recibir los aportes a campañas electorales.

Sobre el padrón electoral, podrán ejercer su derecho a sufragio quienes se encuentren habilitados en el padrón definitivo contemplado originalmente para las elecciones de los días 10 y 11 de abril de 2021. En el caso de la segunda votación de gobernadores regionales, corresponderá al padrón electoral de las primarias presidenciales y parlamentarias del 4 de julio de 2021.

Por otra parte, la suspensión de los alcaldes que repostulan a su reelección y que están siendo subrogados en su cargo, retomarán sus funciones desde la fecha de publicación de la reforma y hasta el 28 de abril de 2021, rigiendo su subrogancia a partir del 29 de abril.

En cuanto a acuerdos, actas, resoluciones o actos administrativos de los órganos competentes relacionados a esta elección que fueron dictados antes de esta reforma, seguirán vigentes.