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Aprueban legislar para impedir reducción de condena a inculpados de delitos de lesa humanidad

La norma, devuelta a la Comisión de Constitución por ser objeto de indicaciones, se aplicaría cualquiera haya sido la denominación o clasificación que dichas conductas hubiesen tenido al momento de la condena.

Sala

Por 75 votos a favor, 34 en contra y 18 abstenciones fue aprobado en general, por la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, el proyecto que excluye de los beneficios de reducción de condena a personas condenadas por genocidio o crímenes de guerra o de lesa humanidad (boletín 13979).

La propuesta, dada a conocer a la Corporación por medio del informe de la Comisión de Constitución que expuso el diputado Marcos Ilabaca (PS), fue devuelta a dicha instancia para su debate en particular, tras ser objeto de indicaciones.

Específicamente, la iniciativa agrega un nuevo artículo a la Ley 19.856, que crea un sistema de reinserción social de los condenados sobre la base de la observación de buena conducta, por medio del cual se impide la entrega de sus beneficios a personas condenadas por delitos de homicidio, homicidio calificado, secuestro, secuestro calificado, sustracción de menores, detención ilegal, inhumación o exhumación ilegal, tormentos o rigor innecesario y asociación ilícita, que la sentencia, en conformidad al derecho internacional, hubiese considerado como genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra.

Lo anterior se aplicará cualquiera haya sido la denominación o clasificación que dichas conductas hubiesen tenido al momento de la condena.

Asimismo, la restricción operará para los delitos contemplados en la Ley 20.357, que tipifica crímenes de lesa humanidad, genocidio y crímenes y delitos de guerra.

El proyecto fue originado en una moción presentada por el exdiputado Hugo Gutiérrez junto a las y los diputados Karol Cariola (PC), Marcos Ilabaca (PS), Jaime Naranjo (PS), René Saffirio (IND), Leonardo Soto (PS), Víctor Torres (DC) y Matías Walker (DC).

En el debate hubo puntos de vista muy diversos. Algunos llamaron a apoyar la propuesta, estimando que es una materia de justicia y de evitar la impunidad en torno a crímenes crueles que se vivieron en nuestro país.

Además, se recordó que la norma va en línea con los tratados internacionales de DDHH firmados por Chile y se sostuvo que, muchos de los encarcelados que podrían gozar del beneficio de reducción de condena por buena conducta, ya gozan de muchos privilegios respecto de la población penal general, pese a la gravedad de sus crímenes.

Otra visión fue en contra de la iniciativa. Algunos plantearon argumentos políticos para refutarla, mientras que otros apelaron a puntos de vistas más técnicos, acotando que se va en contra de doctrinas modernas del derecho que sostienen la igualdad ante la ley y la posibilidad de reinserción social del condenado.

Asimismo, se llamó a considerar un principio de humanidad frente a personas mayores que ya han cumplido gran parte de su pena y a tomar en cuenta que otros condenados por crímenes similares en otros países, como los relacionados al mundo nazi y a la guerra en Bosnia-Herzegovina, tuvieron la oportunidad de terminar sus días en sus hogares.