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Sala definió terna de diputados que defenderá ante el Senado la acusación en contra del Presidente

Tras dos intentos fallidos, la Corporación acordó que representarán a la Cámara en el juicio jurídico-político a Sebastián Piñera la diputada Gael Yeomans y los diputados Gabriel Silber y Leonardo Soto.

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En una tercera votación, la Cámara definió a terna de diputados que defenderá ante el Senado la acusación constitucional en contra del Presidente de la República, Sebastián Piñera.

Representarán a la Corporación en el citado acto la diputada Gael Yeomans (PCS) y los diputados Gabriel Silber (DC) y Leonardo Soto (PS).

Anteriormente, la Sala trató de zanjar el tema en dos oportunidades. La primera tentativa fue justo después de aprobada la admisibilidad del libelo acusatorio. En la ocasión, se plantearon como alternativas los nombres de los diputados Jaime Naranjo (PS), Marcelo Díaz (IND) y Gabriel Silber (DC). Sin embargo, dicha postulación se rechazó.

Conforme a la norma reglamentaria, se presentó una nueva triología de legisladores para la mencionada tarea. Los nombres fueron los de Gael Yeomans (PCS) y, nuevamente, de Jaime Naranjo y Gabriel Silber. Empero, tampoco se logró reunir los votos necesarios. De tal modo, el punto se postergó para la presente jornada, aprobándose en los términos ya indicados.

De los procedimientos

El procedimiento establecido en la Ley Orgánica del Congreso Nacional determina que el Senado fijará como día inicial para comenzar a tratar de la acusación alguno de los comprendidos entre el cuarto y el sexto, ambos inclusive, que sigan a aquel en que se haya dado cuenta de la acusación o en que la haya recibido el presidente. Conforme a lo informado, esto se verificaría en una sesión a celebrarse el próximo martes 16 de noviembre.

El mismo cuerpo legal indica que la señalada Corporación quedará citada a sesiones especiales diarias, a partir del día fijado y hasta que se pronuncie sobre la acusación. Especifica que citará al acusado y a la comisión de diputados designada para formalizar y proseguir la acusación a dichas sesiones.

Formalizarán la acusación los diputados miembros de la comisión especial. Si no concurren, se tendrá por formalizada con el oficio de la Cámara. A continuación, hablará el acusado o se leerá su defensa escrita. Este podrá ser representado por un abogado.

Los diputados de la comisión especial tendrán derecho a réplica y el acusado, a dúplica. Cumplido lo anterior, el presidente anunciará que la acusación se votará en la sesión especial siguiente.

Cada capítulo de la acusación se votará por separado. Se entenderá por capítulo el conjunto de los hechos específicos que, a juicio de la Cámara, constituyan cada uno de los delitos, infracciones o abusos de poder que, según la Constitución Política, autorizan para interponerla.

El resultado de la votación se comunicará al acusado, a la Cámara y, según corresponda, al Presidente de la República. Sin perjuicio de lo anterior, y para los efectos del proceso a que haya lugar, se remitirán todos los antecedentes al tribunal ordinario competente.

De la norma constitucional

La Constitución define que el Senado resolverá como jurado. En tal plano, se limitará a declarar si el acusado es o no culpable del delito, infracción o abuso de poder que se le imputa. En el caso de un Presidente de la República, se requerirá del voto favorable de los dos tercios de los senadores en ejercicio para aprobar la acusación.

Por la declaración de culpabilidad quedará el acusado destituido de su cargo. Además, no podrá desempeñar ninguna función pública, sea o no de elección popular, por el término de cinco años.