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Comisión de Mujeres despachó a la Sala el proyecto que garantiza derechos menstruales

La propuesta busca realizar un reconocimiento expreso a los derechos menstruales y al deber que tiene el Estado de promover, resguardar y facilitar su ejercicio. De esta forma, se busca concretar una mirada integral de la temática.

Promover, resguardar y garantizar los derechos de las personas menstruantes es el objetivo del proyecto de ley (boletín 14577) aprobado por unanimidad y despachado a la Sala por la Comisión de Mujeres y Equidad de Género.

En la presente sesión, las parlamentarias dieron el visto bueno a su articulado aprobando el derecho a una gestión menstrual libre y digna. Junto con ello, establecieron que el Estado de Chile tiene el deber de apoyar, favorecer y promover políticas públicas para su adecuado ejercicio.

Ante ello, definieron a los productos de gestión menstrual como todos aquellos elementos que sean exclusivamente aptos para su utilización durante la menstruación.

Asimismo, se estableció que la internación y la producción en el país de productos de gestión menstrual deberán ser notificadas al Instituto de Salud Pública. También, se prohibirá la fabricación, importación, tenencia, distribución y transferencia, a cualquier título, de productos de gestión menstrual adulterados, falsificados, alterados o contaminados.

Catálogo de derechos y garantías

Se estableció fomentar una buena salud y gestión menstrual. La idea es contribuir, así, al bienestar de las personas con capacidad para menstruar y promover, de esta manera, la equidad de género.

Igualmente, se facilita el derecho al acceso a productos de gestión menstrual que sean sometidos a un estricto control de calidad con el fin de asegurar que estos no contengan agentes dañinos que afecten al bienestar de las personas con capacidad para menstruar.

Asimismo, se fomenta la implementación de programas de acceso a conocimiento e información veraz y adecuada sobre la menstruación y sus vínculos con la salud. Aquello sería extensivo para toda la población.

De la misma forma, se propende a la erradicación de ideas preconcebidas que puedan dar lugar a tabúes y sesgos en relación a la menstruación. Con ello, se promueve el uso de productos de gestión menstrual sustentables. Además, se facilita la capacitación de los profesionales de la educación sobre los distintos elementos de la salud y gestión menstrual.

Finalmente, se establece que los productos de gestión menstrual, regulados el Código Sanitario, también se considerarán incluidos dentro de aquellos elementos e insumos que se requieran para el ejercicio de las acciones de salud. En otras palabras, la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud podrá comprar y vender a precios más baratos estos productos.