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Inician discusión en particular de proyecto que modifica la carrera policial de Carabineros de Chile

La Comisión de Seguridad Ciudadana comenzó la votación particular del proyecto que establece una nueva regulación en relación a sus beneficios previsionales, accidentes en acto de servicio y enfermedades contraídas como consecuencia del ejercicio de sus funciones.

La Comisión de Seguridad Ciudadana inició la discusión del proyecto que modifica la carrera policial en Carabineros de Chile (boletín 14757)

La iniciativa, cuya idea de legislar fue aprobada en enero, establece una nueva regulación en relación a la cesación en sus cargos y beneficios previsionales. También, para los accidentes en actos de servicio y enfermedades a consecuencia del ejercicio de sus funciones.

El grupo parlamentario escuchó la postura del subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli. Este señaló que el proyecto tiene varias innovaciones relevantes. Detalló que una de ellas es mantener y garantizar la existencia de la promoción. “Es la planta la que debe mantenerse estable para que exista una carrera funcionaria”, acotó.

Los parlamentarios, en el debate del artículo primero, respaldaron, entre otras materias, que se establezca cada cuatro años, mediante decreto supremo, el máximo de alumnos que podrán ser incorporados.

Además, se estableció una norma que refuerza un sistema ordenado de calificación, con una Lista Anual de Retiros. Esta se formará, en primer lugar, con el personal clasificado en lista de eliminación, luego, con el personal clasificado en la lista superior a ella y así, sucesivamente, hasta completar la cuota.

Asimismo, respaldaron la extensión de la carrera del personal policial uniformado. Se amplía el tiempo máximo que puede permanecer en la institución hasta los 41 años de servicio, en el caso del Personal de Nombramiento Supremo. Para el Personal de Nombramiento Institucional será hasta los 38 años.

Igualmente, se ratificó el aumento, de 20 a 23 años o más, la cantidad de tiempo mínimo que el personal debe prestar servicios efectivos, para tener derecho a una pensión de retiro mínima y, de 30 a 35 años, para que pueda obtener una pensión completa.