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Medioambiente envió a la Sala el proyecto que protege a las turberas y al musgo Sphagnum

El texto busca asegurar la protección de las turberas y las formaciones secundarias de musgo Sphagnum, a fin de preservarlas y conservarlas como reservas estratégicas para la regulación de la química atmosférica y de la hidrología, para la protección de la biodiversidad y para el turismo sustentable.

Turberas

Proteger las turberas como reservas estratégicas para la regulación de la química atmosférica y de la hidrología. Ese es el objetivo del proyecto (boletín 12017) aprobado en particular por la Comisión de Medioambiente y Recursos Naturales.

La texto legislativo, en segundo trámite constitucional, fue aprobada en general en la Sala el 11 de enero, por 132 votos a favor y 1 abstención. Sin embargo, por ser objeto de indicaciones, volvió a la citada comisión para un segundo informe.

La norma contempla la protección de las turberas y las formaciones secundarias de musgo Sphagnum. La idea es preservarlas y conservarlas como reservas estratégicas para la mitigación y adaptación al cambio climático. También, para la conservación de la biodiversidad y de los múltiples servicios ecosistémicos que entregan para la protección de la biodiversidad y para el turismo sustentable.

En concreto, la iniciativa prohíbe la extracción en turberas y formaciones secundarias de Sphagnum, incluyendo sus materiales y productos. De la misma forma, se impide el relleno, drenaje, secado, extracción de caudales, alteración de la barra terminal, el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora, vegetación y de la fauna contenida dentro de ellas.

Asimismo, se prohíbe la comercialización, exportación e importación de turba y del musgo Sphagnum o Pompon.

Contravenir lo anterior se castigará con una multa de 10 a 1.000 UTM (entre $555.370 y $$55.5370.000). El Servicio Agrícola y Ganadero se encargará de la fiscalización.

Definiciones 

El texto legal define a la turbera como aquel tipo de humedal que constituye un ecosistema y que se caracteriza por la producción de turba. Destaca que, normalmente, contiene en su superficie especies vegetales con los que se conecta funcionalmente, tales como el mencionado musgo Sphagnum.

Junto con ello, precisa que la turba es aquella mezcla de restos vegetales o materia orgánica muerta en distintos grados de descomposición, presentes en las turberas.

Aclara, además, que las formaciones secundarias de Sphagnum son humedales de origen reciente. Estos son formados luego de incendios o tala rasa de bosques en sitios con drenaje pobre.

El texto modifica el Código de Minería para incluir a la turba en las excepciones de concesión minera. Asimismo, introduce nuevas exigencias en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente respecto de la autorización de proyectos que puedan provocarles daño.

Detalla, entre otros puntos, que los proyectos o actividades que se ejecuten en turberas, requerirán la elaboración de un estudio de impacto ambiental.

Foto turberas: Fundación Terram