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Ecosistemas de turberas y musgo Sphagnum que las habita contarán con protección ambiental

La propuesta legal, despachada al Senado, busca proteger este tipo de humedales que almacena el 10% del agua dulce disponible en nuestro planeta. En Chile, las turberas se ubican principalmente en el sur, entre las regios de Los Ríos y Magallanes.

Turberas

Un nuevo paso en pro de definir un marco legal de protección a las turberas y al musgo Sphagnum que las habita se verificó hoy en la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, al apoyarse el proyecto (boletín 12017) que aborda esta temática.

El texto, derivado a un tercer trámite, al Senado, ya contaba con su aprobación en general el pasado 11 de enero. En aquella ocasión, por ser objeto de indicaciones, volvió a la Comisión de Medioambiente para un segundo informe, que fue el que hoy se ratificó mayormente, con dos enmiendas incorporadas vía indicaciones renovadas.

La propuesta tuvo su origen en el Senado. Sin embargo, en su discusión en la Comisión de Medioambiente de la Cámara se agregó la protección específica al musgo Sphagnum o Pompon. Se trata de un género de plantas comúnmente llamados musgos de turbera o de pomponales. Su principal característica es que pueden retener grandes cantidades de agua dentro de sus células.

El musgo Sphagnum se utiliza en floricultura, pues ayuda a prolongar la vida de las flores. También se usa en la agricultura, pues aporta oxigenación y humedad, mejorando la calidad de los suelos. Esto es especialmente apreciado en zonas con climas secos o propensos a la desertización.

En su conjunto, las turberas constituyen un ecosistema de humedal que se caracteriza por la producción continua y progresiva de “turba”. Este material es una “mezcla de restos vegetales o materia orgánica muerta, no mineral ni fosilizada, en distintos grados de descomposición”.

Presentan una excelente capacidad de acumular gran cantidad de CO2 (dióxido de carbono). Además, se calcula que almacenan el 10% del agua dulce disponible en nuestro planeta. En nuestro país, las turberas se ubican principalmente en el sur, entre las regios de Los Ríos y Magallanes.

El proyecto

La iniciativa se fija el objetivo de proteger las turberas y las formaciones secundarias de Sphagnum. La finalidad es preservarlas como “reservas estratégicas para la mitigación y adaptación al cambio climático, la conservación de la biodiversidad y de los múltiples servicios ecosistémicos que entregan”.

Luego, pasa a entregar un marco de definiciones pertinentes a esta ley, como lo que se entiende por turbera y musgo Sphagnum.

En lo particular, se prohíbe su extracción, incluyendo sus materiales y productos. De la misma forma, se impide el relleno, drenaje, secado, extracción de caudales, alteración de la barra terminal, el deterioro, menoscabo, transformación o invasión de la flora, vegetación y de la fauna contenida dentro de ellas.

Asimismo, se prohíbe la comercialización, exportación e importación de turba y del musgo Sphagnum o Pompón.

Otras normas

Sala

Vía indicación renovada se incluyó en el texto una prohibición para efectuar excavaciones relacionadas a actividades de cantera o extractivas de ripio en sitios considerados como pomponeras o mallines. Igualmente, se prohibió la extracción de turba y evitar el drenaje de estas con propósito de forestación o extracción productiva.

La fiscalización de estas normas estará a cargo del Servicio Agrícola y Ganadero. Este podrá sancionar a los infractores con una multa de 2 a 50 Unidades Tributarias Mensuales (la redacción previa definía multa entre 10 y mil UTM). Para su aplicación se determina una escala que dan cuenta de la gravedad de los hechos, el beneficio económico y la intencionalidad.

Adicionalmente, el texto modifica el Código de Minería para incluir a estos humedales en las excepciones de concesión minera. Asimismo, introduce nuevas exigencias en la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente respecto de la autorización de proyectos que puedan provocarles daño.

Detalla, entre otros puntos, que los proyectos o actividades que se ejecuten en turberas requerirán la elaboración de un estudio de impacto ambiental.

Discusión y votaciones

Testera

En el debate, hubo un sentir generalizado para apoyar políticas de protección medioambientales, como es el resguardo de las turberas. Sin embargo, hubo diversos matices en torno a las normas específicas del proyecto.

Para algunos, la protección medioambiental de las turberas y del llamado pompón es fundamental. Se puso de relieve el desafío del cambio climático y la necesidad de conservar para nuestro país esta reserva de agua. Igualmente, se destacó la capacidad de absorción de carbono y de agua (un kilo de pompón retiene 20 litros), así como su labor purificando y manteniendo los acuíferos.

Otros alertaron sobre el impacto que una prohibición total implicaría en materia de fuentes laborales, particularmente, en el sur. Remarcaron, también, que impactará a la producción de almácigos y al mundo del agro, en general. Con ello, acotaron, aumentará el precio de hortalizas y verduras.

Intervinieron Camila Musante (IND), José Carlos Meza (PREP), Jaime Sáez (RD), Mauro González (RN), Francisco Pulgar (IND), Daniel Melo (PS), Viviana Delgado (PEV), Héctor Ulloa (IND), Marcia Raphael (RN), Héctor Barría (DC), Jaime Mulet (FRVS), Roberto Arroyo (PDG), Alejandro Bernales (PL), Christian Matheson (IND), Javiera Morales (IND), Harry Jürgensen (IND-PREP), Jorge Brito (RD), Diego Schalper (RN) y Jorge Rathgeb (RN).

Al momento de las votaciones, se aprobó gran parte del texto planteado por la Comisión de Medioambiente. La excepción la constituyeron dos indicaciones que modificaron en parte la redacción. Una de ellas estableció una nueva prohibición, mientras que la otra redefinió el marco sancionatorio de esta ley.

Foto turberas: Fundación Terram