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Proyecto que reconoce a internet como un servicio público es despachado por Obras Públicas

La propuesta permitirá impulsar el desarrollo y despliegue de redes de servicios de internet y, con ello, facilitar el acceso de las telecomunicaciones a la ciudadanía.

La Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones terminó de votar en particular el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que reconoce el acceso a internet como un servicio público de telecomunicaciones (boletín 11632).

En la ocasión, se votaron varias indicaciones del Ejecutivo y parlamentarias que modifican lo ya aprobado por el Senado.

La propuesta incorpora la neutralidad tecnológica con ciertas condiciones de protección de salud pública. También, garantiza el uso compartido de ciertas frecuencias.

Establece que la instalación, operación y explotación de los servicios públicos de telecomunicaciones estará contenida en un “Plan Nacional Digital”, a cargo de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel). Este instrumento se regirá por los principios de universalidad, continuidad, neutralidad tecnológica y compartición de infraestructura. También, por transparencia, eficiencia y no discriminación arbitraria en la asignación y recuperación de los recursos escasos, fundamentalmente, el espectro radioeléctrico y la numeración, entre otros puntos.

El texto determina algunas obligaciones para las empresas concesionarias de servicio público que provean acceso a internet fijo. Así, por ejemplo, establece que la unidad mínima geográfica será en zonas urbanas a nivel de manzana y, en zonas rurales, a nivel de entidad.

Dicha diferenciación tiene por objeto establecer la zona de servicio, de acuerdo a las definiciones censales del Instituto Nacional de Estadísticas (INE). En todo caso, la Subsecretaria podrá, fundadamente, eximir de esta obligación a los operadores que cuenten con menos del 2% de participación.

Alertas, trámites y emergencias

La comisión aprobó una indicación referente al sistema de alerta. Permite que la  Subsecretaría tenga acceso a información contenida en sus centros de control y monitoreo de redes en tiempo real. Para ello, los concesionarios deberán hacer entrega de todos los datos para el ejercicio de las funciones y competencias. Junto con ello, se establecerá un reglamento y una norma técnica.

En la sesión también se aprobó una indicación del diputado José Miguel Castro (RN). Esta establece plazos para el inicio de tramitaciones. Detalla que el concesionario tendrá un plazo de 90 días contados desde la fecha del requerimiento del servicio por parte del interesado para solicitar a la Subsecretaría la autorización para la ampliación de su red

Igualmente, se respaldó una propuesta de la exdiputada Andrea Parra (PPD). Esta señala que, durante la vigencia de los estados de excepción, estados de catástrofe y las emergencias sanitarias, se adoptarán medidas excepcionales para garantizar de manera inmediata el despliegue y la provisión del servicio a la comunidad.

Multas y penas

Otra indicación aprobada, originada por el Ejecutivo, apunta a las infracciones a las normas y reglamentos. Se estableció que las multas no podrán ser inferiores a 5UTM, ni superiores a 500UTM, tratándose de concesiones de radiodifusión de libre recepción. En los demás casos, la multa fluctuará entre 5 y 5.000 UTM. En caso de reincidencia en un mismo tipo de infracción, se podrá triplicar el máximo de la multa.

Junto con aquello, se determinó que, el que maliciosamente destruya, dañe o inutilice la infraestructura de telecomunicaciones interrumpiendo su servicio, sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio a máximo (entre 541 días a 5 años).

La texto legal ahora será revisado, para continuar con su tramitación, por la Comisión de Hacienda.