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Prosigue votación de proyecto que entrega protección y reparación a víctimas de femicidios

La Comisión de Mujeres siguió la votación del articulado de la moción que propone crear y fortalecer las acciones para la atención, protección, y reparación integral de las víctimas de femicidio en todo su alcance.

Establecer un régimen de protección y reparación integral en favor de las víctimas de femicidio y sus familias. Ese es el objetivo del proyecto que se vota en particular en la Comisión de Mujeres y Equidad de Género (boletín 14013).

La instancia respaldó la idea de legislar el pasado 30 de junio. En total, se recibieron más de treinta indicaciones parlamentarias que se encuentran en votación. De ellas, se votó la mitad durante la última jornada.

La norma tiene por objeto crear y fortalecer aquellas acciones efectivas y necesarias para la atención, protección y reparación integral para las víctimas y sobrevivientes de femicidio en todo su alcance.

Lo anterior, ya sea en grado de consumación, frustración o tentativa. Ello de conformidad con la normativa penal y las obligaciones contenidas en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile.

Víctimas de Femicidio

De acuerdo a lo aprobado, la propuesta legal considerará como víctima a la propia mujer cuando el delito se encuentre en calidad de frustrado o tentado.

Cuando el delito se encuentre consumado o en los casos en que ésta no pudiere ejercer los derechos que esta ley le otorga, se considerará víctima:

  1. Al cónyuge, al conviviente civil o de hecho y a las y los hijos.
  2.  A los ascendientes.
  3. A las y los hermanos.

La enumeración anterior constituye un orden de prelación, de manera que la intervención de una o más personas pertenecientes a una categoría excluye a las comprendidas en las categorías siguientes.

Además, se excluye como víctima a toda aquella persona que fuere responsable criminalmente, de los hechos perpetrados en contra de la mujer.

Principios de diligencia e imparcialidad

El texto consagra que es deber del Estado y de sus instituciones y de quienes estén a cargo de investigar o juzgar hechos relativos al femicidio, actuar con diligencia. Así como quienes estén a cargo de la protección y la seguridad de las víctimas.

Así, durante la investigación y el desarrollo de los procesos judiciales, se busca que existan recursos y garantías efectivos, serios, sencillos, rápidos, idóneos e imparciales. Con perspectiva de género y considerando siempre las vulnerabilidades específicas de cada una de las víctimas.

Agrega que todas las instituciones y organismos públicos y privados deberán respetar estrictamente el principio de imparcialidad, en todas las acciones y gestiones relacionadas a las víctimas. También se prohíbe el uso de recursos públicos para la defensa privada de personas investigadas y/o imputadas por delitos de femicidio.

Acceso a la justicia

Todas las víctimas tendrán derecho a acceder a la justicia en todo procedimiento referido a hechos presuntamente constitutivos de femicidio, en cualquiera de sus formas, en todas y cada una de sus etapas e instancias. Ello con ajustes que permitan un efectivo acceso a víctimas en situación de discapacidad o vulnerabilidad.

La investigación y los procedimientos judiciales serán siempre realizados con perspectiva de género y en consideración de la vulnerabilidad específica de la víctima.

Toda víctima tiene el derecho de ser permanentemente informada por el Ministerio Público, los tribunales y las policías de los avances en las investigaciones, procedimientos y etapas procesales. Esto incluye el derecho a que sus opiniones y necesidades sean escuchadas y a obtener respuestas adecuadas y oportunas.

Respecto a mujeres desaparecidas, una vez hecha a denuncia, el fiscal de turno deberá ordenar de forma inmediata a las policías iniciar diligencias de búsqueda. Tanto físicas en sitios sugeridos o mediante geolocalización de equipos móviles, dentro de las primeras 24 horas.

También se señala el derecho de las víctimas de contar con medidas de protección, incluyendo la dictación de medidas cautelares, entre otros aspectos.