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Despachan a ley mayor protección penal para niños y niñas

El texto define como circunstancias agravantes el cometer el delito contra una víctima menor de 18 años, adulto mayor o persona con discapacidad. Además, en ciertos casos elimina el rango menor de penas o establece aplicar grados superiores en delitos mayores.

Niño sordo en clases

Una serie de modificaciones al Código Penal, con el propósito de agravar e incrementar las penas de delitos cometidos contra niños, o cuando éstos se encuentren entre los afectados por el delito o sus circunstancias, es el objetivo del proyecto (boletines 14107 y 14123) aprobado en tercer trámite por la Sala de la Cámara. La iniciativa fue respaldada por 116 votos a favor, 3 en contra y 16 abstenciones, siendo despachada para su promulgación.

Se trata de un proyecto refundido, originado en un mensaje del gobierno anterior y una moción de diputados/a. El objetivo es reforzar la protección penal a la infancia, a adultos mayores y a personas con discapacidad. Se pone de relieve el reproche social a delitos como homicidios, violación y secuestros, realizados contra este tipo de víctimas, que son más vulnerables.

Ambas iniciativas fueron presentadas en marzo 2021 tras el asesinato de Tamara Moya, niña de 5 años baleada en el contexto de una encerrona, en febrero del año pasado.

En primer lugar, el texto agrega al listado de circunstancias agravantes el cometer el delito contra una víctima menor de 18 años, un adulto mayor o una persona con discapacidad. En esa línea los tribunales deberán tener especial consideración para la cuantía de la pena.

Detalle de la norma

Durante la tramitación se agregó un artículo que indica que en delitos contra las personas, en el caso que concurra alguna de las circunstancias contemplada en la nueva agravante establecida, la pena se determinará excluyendo el grado mínimo, si es compuesta. O el mínimo si consta de un solo grado. 

Respecto al delito de violación, es decir, acceder carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona menor de catorce años , se remplaza la sanción de presidio mayor en cualquiera de sus grados (5 años y un día a 20 años), por “su grado medio a máximo (desde 10 años y un día a 20 años).

Además, se incluyen nuevas circunstancias en el delito de homicidio; como cuando la víctima sea menor de 18 años, adulto mayor o persona con discapacidad. En el caso de que se mate a otro por premio o promesa remuneratoria, se añade cualquier otro medio que implique ánimo de lucro.

En tal sentido, la pena del homicidio simple, para dichos casos, se eleva. Aumenta desde presidio mayor en grado medio (10 años y un día a 15 años), a grado medio a máximo (10 años y un día a 20 años).

También, se añadió al homicidio simple dentro del listado de delitos que requerirán del cumplimiento de dos tercios de la pena para postular a la libertad condicional.

Respecto al delito de violencia o intimidación se incluyen las amenazas a la integridad de niños que se encuentren al interior del vehículo. Ello ya sea para apropiarse del móvil o para obtener las pertenencias en su interior.

El texto suprime la figura penal del acceso carnal a una persona de su mismo sexo, menor de 18 años y mayor de 14 años, sin que medien las circunstancias de los delitos de violación o estupro.

Debate

La discusión se realizó en tres sesiones con la participación de las y los diputados Érika Olivera (IND), Daniel Lilayu (UDI), Felipe Camaño (IND), Cristián Araya (PREP), Marlene Pérez (IND), Rubén Darío Oyarzo (PDG), Maite Orsini (RD), Andrés Longton (RN), Flor Weisse (UDI), Karen Medina (PDG), Johannes Kaiser (IND), Cristián Labbé (UDI), Chiara Barchiesi (PREP), Marcos Ilabaca (PS), José Meza (PREP), Gaspar Rivas (PDG), Alejandro Bernales (PL), Bernardo Berger (IND), Hernán Palma (IND), Leonidas Romero (IND), Mercedes Bulnes (IND), Agustín Romero (PREP), Camila Flores (RN), Luis Sánchez (PREP), Ximena Ossandón (RN), Marcela Riquelme (IND), Cristhian Moreira (UDI), Héctor Ulloa (IND), Carla Morales (RN), Juan Irarrázabal (PREP), Cristóbal Urruticoechea (PREP) y Jaime Sáez (RD).

Las y los parlamentarios coincidieron en que los delitos violentos se han tomado la agenda de seguridad del país. Por ello, argumentaron, se debe entregar mayor protección a las personas más vulnerables y que se encuentran en una situación de mayor indefensión. Recordaron que hay niños, niñas y adolescentes que ya no están, por lo que este proyecto hace justicia por ellos.

Sin embargo, indicaron que el aumento de penas es una política punitiva ineficaz cuando los reclusos acceden a libertad condicional. Algunos legisladores llamaron al Estado a detener la delincuencia y lamentaron que las autoridades no acompañaran la tramitación del proyecto. También pidieron más justicia para las víctimas.

Mientras, otros diputados criticaron la derogación del artículo 365 que suprime la figura penal del acceso carnal a una persona del mismo sexo, menor de 18 años y mayor de 14. Afirmaron que ello se aleja de la idea matriz del proyecto, que es la protección de las víctimas menores de edad. Para algunos legisladores, se “vulnera a niños de los pedófilos que los quieran pervertir”. En tal sentido, el diputado Kaiser hizo reserva de constitucionalidad del artículo.

Visión contraria expresaron legisladores/as del oficialismo quienes señalan que la indicación es un avance civilizatorio. Lo anterior porque se termina con un resabio medieval y una estigmatización de las personas homosexuales en el país.