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Aprueban observaciones presidenciales al proyecto sobre explotación sexual y pornografía de menores

Se trata de adecuaciones formales y de referencia en diversos cuerpos normativos relacionados con delitos en contra de niños, niñas y adolescentes. Ahora, la propuesta pasó a consideración del Senado.

La Sala de la Cámara respaldó el veto presidencial al proyecto (boletín 14440) sobre explotación sexual, comercial y de material pornográfico de niños, niñas y adolescentes (NNA). Las observaciones se aprobaron por la unanimidad de 130 votos a favor, pasando ahora al Senado.

En concreto, el texto modifica el Código Penal para tipificar delitos relativos a la explotación sexual y pornografía de menores de edad.

Tras poco más de un año de trámite, el texto se despachó al Ejecutivo para su promulgación desde la Cámara, en donde se aprobó en tercer trámite, el pasado 13 de septiembre.

Sin embargo, el Presidente Gabriel Boric planteó ciertas correcciones formales. Estas contienen solo normas de adecuación que abordan aspectos de correlación en el texto legislativo, ya que, se dejaba fuera al delito de violación.

Además, realiza una actualización de referencias necesarias relacionadas a diversos cuerpos legales. Ello, porque las normas de delitos sexuales contra menores han sido modificadas en los últimos años.

Por otra parte, se incorpora el nuevo delito sobre transmisión -sin soporte o grabación- de material sexual de menores al estatuto de delitos sexuales contra NNA.

Adecuaciones

En primer lugar, adecua la correlación para no dejar fuera la hipótesis de violación. Asimismo, se armoniza el nuevo texto con artículos del Código Orgánico de Tribunales y de diversas leyes. Entre ellas, la que regula las entrevistas videograbadas a menores víctimas de delitos sexuales y la que crea el Sistema Nacional de Registros de ADN.

También, se enmiendan la normativa que crea un sistema de reinserción social de condenados con buena conducta. Igualmente, afecta al marco legal de la Unidad de Análisis Financiero y disposiciones del lavado de activos. Junto a ello, la que crea el servicio de transporte remunerado de escolares y sobre calificación de la producción cinematográfica.

El nuevo delito tipificado sobre transmisión -sin soporte o grabación- de material sexual de menores, se agrega a los artículos de técnicas especiales de investigación. De igual modo, a la pena de inhabilidad absoluta perpetua para desempeñar oficios o labores que involucren NNA; y en el destino de especies decomisadas por este tipo de delitos. Al mismo tiempo, se aplica a la Ley 21.160, para la renovación de la acción civil contra el imputado por un delito sexual contra NNA.

Debate

Sala

Luego del informe de la Comisión de Constitución que entregó la diputada Catalina Pérez (RD), intervinieron las y los legisladores Erika Olivera (IND), Maite Orsini (RD), Álvaro Carter (IND), Carmen Hertz (PC), Bernardo Berger (IND), Mercedes Bulnes (IND) y Luis Sánchez (PREP).

Las y los parlamentarios valoraron el avance de esta legislación en la protección de la infancia, en el sentido de modificar el tipo penal de la prostitución infantil. Agregaron, que se tenía una percepción equivocada respecto al grado de voluntariedad de las y los menores. Con ello, se negaba la condición de víctima y la asimetría de poder entre un adulto y el menor.

Por ello, consideraron que las observaciones presidenciales, con sus adecuaciones de referencia, operativiza la futura ley en la legislación punitiva.