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Cámara aprobó un reajuste de 12% a las remuneraciones del sector público

Este reajuste beneficiará al 89% de las y los trabajadores, cuyos sueldos brutos no superan los dos millones 200 mil pesos. Para tramos superiores se asigna un monto fijo de 264 mil pesos mensuales.

Lámina-Reajuste sector público

La Sala de la Cámara aprobó el proyecto que concede un reajuste diferenciado a las remuneraciones del sector público y que, además, concede beneficios como aguinaldos de navidad, fiestas patrias y bono de invierno para pensionados (boletín 15557).

La Sala respaldó la norma, en términos generales, por 106 votos a favor, 10 en contra y 2 abstenciones. Luego aprobó diferentes artículos cuya votación separada fue solicitada, con excepción del artículo 69 que regulaba el teletrabajo en las municipalidades, el que se rechazó por 60 votos a favor, 56 en contra y 9 abstenciones.

De este modo, el reajuste aprobado, a contar del 1 de diciembre de 2022, será de un 12% para las y los trabajadores del Sector Público cuyas remuneraciones brutas sean de hasta 2 millones 200 mil pesos. Esto beneficiará al 89% de los funcionarios.

Para los funcionarios de rentas superiores será de un monto fijo mensual de 264 mil pesos por una jornada completa.

Este reajuste de 12% también será extensible para aquellos trabajadores del sector público que no estén afectos a alguno de los sistemas remuneracionales señalados en esta norma. Esto siempre que su remuneración bruta no supere los 2 millones 200 mil pesos. Para los tramos superiores será de 264 mil pesos.

Asimismo, el reajuste se otorgará a los directores, educadores de párvulos y a los asistentes de la educación que se desempeñan en los establecimientos financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Igualmente, a los asistentes de la Educación Pública regidos por la ley 21.109, que establece un estatuto para dichos funcionarios.

En el marco de la autonomía financiera de las universidades estatales, ellas podrán reajustar las remuneraciones de sus funcionarios, teniendo como referencia este reajuste.

Según expuso el Gobierno en el debate, el reajuste no se aplicará al Presidente de la República, senadores, diputados, ministros y otras autoridades contempladas en el artículo 38 bis de la Constitución Política. Esta norma reguló la determinación de las rentas de estas autoridades y fijó un procedimiento especial para ese fin.

Aguinaldos

El proyecto, que ahora pasará a trámite en el Senado, también concede aguinaldo de Navidad a los trabajadores públicos. Este ascenderá a $63.062 para aquellos cuya remuneración líquida del mes de noviembre del 2022 sea igual o inferior a 943 mil 703 pesos. A su vez, será de $33.358 para aquellos cuya remuneración supere tal cantidad y hasta 3 millones 125 mil 52 pesos.

En el caso del aguinaldo de Fiestas Patrias de 2023, será de $81.196 y de $56.365, respectivamente, dependiendo de los topes citados previamente.

Los citados beneficios para el sector pasivo -pensionados- corresponderán a:

  • Aguinaldo de Navidad de $26.743, incrementándose en $15.104 por cada carga de asignación familiar o maternal.
  • Aguinaldo de Fiestas Patrias de $23.261 y se incrementará en $11.933 por cada carga.

Por último, se concede un bono de invierno, en el mes de mayo, para pensionados que tengan más de 65 años. Este beneficio ascenderá a $74.767.

Otros beneficios

El proyecto también regula o concede beneficios en materia de bono de escolaridad, de vacaciones y aportes a los servicios de bienestar. Asimismo, se fijan asignaciones especiales para el estamento profesional del Servicio Médico Legal y se regulan asignaciones de desempeño de los asistentes de la educación.

El 12% de reajuste también se aplicará a la unidad de subvención educacional y se aplicará a los estipendios y asignaciones cuyo valor se reajuste o esté vinculado a dicha unidad.

En tanto, se entregan bonificaciones de zonas extremas y se extiende el plazo del incentivo al retiro y bonos post laboral.

Adicionalmente, esta ley de carácter misceláneo, también aborda normas sobre el control horario, en relación al teletrabajo; contratación de personal en servicios locales de educación y medidas en materia de ausentismo y deserción escolar.

Por último, se regula el traspaso de personal a honorarios en el sector municipal, entre otras normas (Ver presentación del Ejecutivo).