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Variaciones de precios de las bencinas y el diésel se comunicarán cada tres semanas

El proyecto despachado a ley por la Sala de la Cámara, además, incluye medidas especiales para el transporte de carga, acordado entre el gremio y el Ejecutivo en el contexto de las movilizaciones realizadas por los camioneros en noviembre de 2022.

Vehículo se abastece de combustible

En condiciones de pasar al Ejecutivo para su promulgación como ley quedó el proyecto que permite al mecanismo de estabilización de precios de los combustibles (Mepco) entregar las variaciones de precios de las bencinas y el diésel cada 21 días y ya no semanalmente, como rige hasta hoy.

La Cámara respaldó el proyecto (boletín 15586) en tercer trámite, ratificando la totalidad de los cambios efectuados por el Senado. Se aprobó por 111 votos a favor, 3 en contra y 26 abstenciones.

Puntualmente, los cambios apuntan a precisar el periodo de aplicación de los ajustes porcentuales para el cálculo del precio del diésel. Así, se consigna que estos regirán entre el 16 de abril de 2023 y el 15 de abril de 2024.

También se aumenta el guarismo que aplicará para el cálculo entre la fecha de publicación de la ley y el 15 de abril de 2023.

Las normas del proyecto buscan definir un periodo más amplio de estabilidad de precios, entre las alzas y bajas que se puedan experimentar.

Lo anterior contribuirá a acentuar el perfil de “seguro” del mecanismo. Esto permitirá mantener una programación de valores por un tiempo mayor, hecho que beneficiará al transporte en general, pero también a los productos asociados a esta situación, como los vendidos en un negocio o supermercado.

Para materializar el cambio en el Mepco, la propuesta también especifica la forma en que se calculará el impuesto específico a los combustibles en las distintas semanas de ese período.

Transporte de carga

Adicionalmente, el texto presenta algunos beneficios específicos para el sector del transporte de carga. Ellos se acordaron entre el Ejecutivo y el gremio en el contexto del paro de los camioneros realizado a fines de noviembre.

En particular, se extiende la vigencia, hasta el 31 de diciembre del año 2023, del reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel para las empresas de este sector. Para esto se aplicará la siguiente escala:

  • 80%, para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido iguales o inferiores a UF2.400.
  • 70%, para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a UF2.400 y no excedan UF6.000.
  • 52 5%, para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a UF6.000 y no excedan de UF20.000.
  • 31%, para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a UF20.000.

 

Junto a lo anterior, establece el régimen de precios aplicable al petróleo diésel hasta el 15 de abril de 2023. Así, hasta esa fecha, el precio informado por la Enap no podrá ser superior al menor precio entre aquél informado por la misma empresa entre el 15 de diciembre de 2022 y la entrada en vigencia de la presente ley.

Luego, se fija un régimen temporal aplicable para los ajustes de precio del petróleo diésel a que dé lugar la operación del Mepco. El periodo, como se mencionó más arriba, es entre el 16 de abril de 2023 y el 15 de abril de 2024. Aquí se define un máximo de alzas de 0,25 UTM por metro cúbico cada 21 días.

Finalmente, se detalla que la extensión del beneficio de reintegro parcial aplicará a todas las facturas emitidas durante el año tributario 2023.

Debate

En la discusión intervinieron las /los diputados Marta Bravo (UDI), Johannes Kayser (PREP), Miguel Mellado (RN); Ricardo Cifuentes (DC), Miguel Ángel Calisto (DC), Gonzalo De la Carrera (IND); Daniel Lilayu (UDI), Jorge Rathgeb (RN), Jaime Naranjo (PS); Mauricio Ojeda (IND), Flor Weisse (UDI), Juan Irarrázaval (PREP); Alejandro Bernales (PL), Luis Sánchez (PREP), Marcela Riquelme (IND); Fernando Bórquez (UDI) y Marta González (IND).

En su mayoría, las/os legisladores plantearon la aprobación de este proyecto. Pero, también hicieron un llamado al gobierno a abrir la discusión sobre la mantención del impuesto específico a los combustibles.

El diputado Mauricio Ojeda (IND), en particular, recordó que este impuesto nació por circunstancias específicas de reconstrucción tras el terremoto de 1985. Por ello, no se justificaría su permanencia.

Se sostuvo , además, que el aumento de precios de los combustibles afecta a las personas más pobres, que no ven el beneficio de un mecanismo como el MEPCO, porque semana a semana ven que suben los precios.

En las críticas al texto, algunos cuestionaron que surgió a partir de la presión ejercida por el gremio de los camioneros, tras el paro de noviembre pasado, y que estos beneficios no se extienden a otros sectores como el transporte de pasajeros. Asimismo, en la temporalidad para su aplicación, considerando que actualmente el precio del dólar y los combustibles van a la baja.