Posted on:

Economía aprobó que se legisle para regular la instalación y funcionamiento de los juegos inflables

En la misma sesión, la comisión aprobó en general el proyecto que amplía el plazo de inscripción y publicación del respectivo extracto de constitución de sociedades por acciones y continuó con el análisis de la iniciativa que regula el desarrollo de plataformas de apuestas en línea.

Un respaldo transversal logró en la Comisión de Economía el proyecto que regula la instalación y funcionamiento de juegos inflables (boletín 11330). La norma fue presentada en 2017, tras accidentes ocurridos en este tipo de entretenciones instaladas en plazas, parques y colegios.

En el proyecto se señala que, en Chile, no existe una norma técnica específica referida a este tipo de juegos infantiles. Por lo tanto, tampoco es posible fiscalizarlos ni entregar garantías a quienes los utilizan. Se agrega, además, que sólo entre 2013 y 2015 hubo 69 lesionados en juegos inflables y 160 en camas elásticas.

El texto busca definir una normativa que regule su instalación y funcionamiento. Así, también, busca establecer que una autoridad pertinente se encargue de la redacción de la normativa y de la emisión de certificados para permitir su utilización.

Paralelamente, establece responsabilidades frente a accidentes y protocolos de acción para dar atención a quienes resulten lesionados. Junto a esto, propone multas para quienes incumplan la normativa.

Invitados

En la sesión participó el alcalde de Los Ángeles y presidente de la Comisión de Desarrollo Social de la Asociación Chilena de Municipalidades, Esteban Krausse. La autoridad propuso que quienes quieran instalar estos juegos presenten un plan al municipio para así tener acceso a un permiso para funcionar.

A su juicio, esta modalidad sería más eficiente a que los municipios deban desarrollar ordenanzas para la instalación de estas entretenciones. También planteó la necesidad de implementar multas cuando estos procedimientos no se realicen. Éstas deberían caer en los juzgados de policía local con sanciones que lleguen, incluso, a prohibir la instalación de este tipo de equipamientos a futuro.

La instancia aprobó por unanimidad la idea de legislar sobre la materia. En acuerdo con representantes del Ejecutivo, se definió establecer un plazo de dos semanas para la presentación de indicaciones. Esto, para recoger las sugerencias al proyecto y establecer la coordinación con los diferentes ministerios que participarán en la regulación.

Plazo para sociedades por acciones

Luego, la instancia aprobó en general el proyecto que amplía el plazo de inscripción y publicación del respectivo extracto de constitución de sociedades por acciones. La norma (boletín 14872) señala que, actualmente, se dispone de 60 días para inscribir y publicar el extracto de constitución de las personas jurídicas con fines de lucro.

Sin embargo, existe una excepción respecto del plazo dispuesto para la Sociedad por Acciones. En el Código de Comercio se establece como plazo “un mes”, desde la inscripción de ésta para la publicación del extracto de la escritura constitutiva.

A juicio de las y los autores del proyecto, esto produce una pequeña turbiedad y descoordinación en el derecho societario nacional. Se estima que no se justifica la existencia de un plazo diferente con la escritura de constitución del resto de las personas jurídicas con fines de lucro.

Finalmente, la comisión analizó el proyecto que regula el desarrollo de plataformas de apuestas en línea (boletín 14838). En la sesión participó la subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, y el director de la Unidad de Análisis Financiero (UAF) de la cartera, Carlos Pavez.