Planificación Territorial: Vivienda despachará proyecto el 7 de mayo

El texto busca actualizar las normas sobre el ordenamiento de ciudades y reducir los plazos para el establecimiento de los planes reguladores. La instancia tiene pendiente votar los artículos transitorios que asegurarán una transición adecuada desde el régimen actual a la nueva normativa.

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En el mes de noviembre de 2024, el Ejecutivo ingresó a la Cámara el proyecto de ley que moderniza la Planificación Territorial en el país (boletín 17251) .

La propuesta, que culminará su votación particular el próximo 7 de mayo en la Comisión de Vivienda, busca actualizar las normas sobre el ordenamiento de ciudades y comunas, permitiendo que los municipios tengan más herramientas para definir cómo se desarrollan sus territorios.

Esto en el contexto de la relevancia que tiene la planificación urbana en la calidad de vida de los habitantes de un territorio.

Al respecto, el presidente de la instancia legislativa, diputado Juan Fuenzalida, destacó que este proyecto reduce, principalmente, los plazos para contar con las respectivas normas. “Terminamos con esa burocracia excesiva que tienen los planes reguladores desde que parte el anteproyecto hasta que se termina de aprobar, donde pueden pasar entre 12 a 13 años. Vamos a dejar un plazo máximo de tres años”, acotó el legislador.

Adicionalmente, explicó que también se hace cargo de otros problemas como la especulación inmobiliaria. “Va a terminar con la especulación del suelo para poder desarrollar de mejor manera las ciudades e ir cumpliendo los planes de emergencia habitacional y la vivienda de la clase media”, puntualizó Fuenzalida.

Planificación Territorial

Comisión vota proyecto sobre planificación territorial

En la última sesión, celebrada el pasado 23 de abril, las y los diputados de la comisión aprobaron gran parte del articulado. Así, respaldaron las normas que establecen mejoras a la imagen objetivo y los anteproyectos; en sus procesos de inicio, elaboración y diseño, de manera más precisa.

Asimismo, aquellas que crean la posibilidad de utilizar, en paralelo, varias imágenes objetivos de los instrumentos de planificación territorial. Esto ayudará a que las tramitaciones sean más ágiles en el caso de los planes reguladores comunales.

Junto con ello, aquellos artículos que reconocen las facultades de los Gobiernos Regionales para poder invertir en los planes reguladores. Al mismo tiempo, el proyecto incorpora instancias de coordinación, tanto entre municipalidades como entre éstas y los Gores, para asegurar una planificación territorial integrada.

Del mismo modo, se ratificó el rol de la Contraloría General de la República para resolver situaciones de insistencia de las municipalidades ante informes desfavorables de las Secretarías Regionales Ministeriales que impidan la entrada en vigencia de planes reguladores comunales o sus modificaciones. Esto por incumplimientos a las previsiones del plan regulador intercomunal, en caso de existir.

Finalmente, estableció a nivel institucional una cultura de la planificación territorial con énfasis en el monitoreo constante de los instrumentos. Así como, en la formación de capacidades institucionales y establecimiento de obligaciones de rendición de cuenta pública del Estado sobre la planificación comunal y nacional, desde los municipios y las Seremi de Vivienda, respectivamente.

Modificaciones legales

El proyecto en trámite modifica la Ley Orgánica de Municipalidades, la de Gobiernos regionales y la del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Todo con el fin de adecuar sus disposiciones a las modificaciones que introduce este proyecto. En particular, al nuevo régimen aprobatorio de planes reguladores comunales y las obligaciones de capacitación en planificación territorial y materias afines.

Por otro lado, modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en particular para fortalecer y modernizar el sistema de planificación territorial.

Por último, la Ley 21.442, de Copropiedad Inmobiliaria, para trasladar a ella el estándar urbanístico aplicable a la trama vial.