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Proyecto de Ley:

Moderniza la legislación bancaria

Legislatura:
365
Fecha de ingreso:
martes 13 de junio de 2017
Estado
  • Tramitación terminada
  • (Ley N° 21.130 - D.Oficial 12/01/2019)
Numero de boletín
11269-05               
Materia:
Legislación Bancaria
Iniciativa:
Mensaje
Cámara de origen
Cámara de Diputados
Autor
Ministerio de Hacienda

Votaciones

Sesión Artículo A Favor En Contra Abstención Dispensados Resultado Detalle
79 resto de las enmiendas incorporadas por el Senado en el numeral 108 del artículo 1, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Miguel Crispi. 90 54 1 0 APROBADO Ver detalle votación
79 enmienda incorporada por el Senado en la letra b) del numeral 108 del artículo 1, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Boris Barrera. 91 53 1 0 APROBADO Ver detalle votación
79 modificación incorporada por el Senado en la letra j del numeral 4 del artículo 2, que requiere para su aprobación del voto favorable de 78 diputadas y diputados. 144 0 1 0 APROBADO Ver detalle votación
79 modificaciones incorporadas en los numerales 44 y 50 del artículo 1, en los numerales 14, que pasaría a ser 13 y 20, que pasaría a ser 19 del artículo 2 y en el numeral 1 del artículo 11 que pasaría a ser 10, que requieren para su aprobación del voto favorable de 89 diputadas y diputados. 142 0 1 0 APROBADO Ver detalle votación
79 modificaciones incorporadas por el Senado en el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que moderniza la legislación bancaria, con la salvedad de las normas que requieren quorum especial para su aprobación, las que se votarán a continuación y del numeral 108 del artículo 1, cuya votación separada ha sido solicitada por los diputados Miguel Crispi y Boris Barrera. 139 0 1 0 APROBADO Ver detalle votación
110 Declaración de inadmisibilidad del diputado señor Aguiló ha presentado las siguientes indicaciones: 1. Para reemplazar en el artículo 21 de la ley N° 21.000 que Crea la Comisión para el Mercado Financiero la frase “Código del Trabajo” por “Estatuto Administrativo”. 2. Para suprimir en el mismo artículo su inciso segundo. 59 40 7 0 APROBADO Ver detalle votación
110 artículo décimo transitorio, con la indicación del Ejecutivo, para suprimir su inciso primero, pasando el actual inciso segundo a ser primero y así sucesivamente. 101 3 3 0 APROBADO Ver detalle votación
110 Indicación del Ejecutivo: Para incorporar un artículo decimotercero nuevo: “Artículo decimotercero.- A contar de la fecha en que la Comisión para el Mercado Financiero asuma las competencias de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, el servicio de bienestar de esa Superintendencia continuará funcionando en la referida Comisión. En dicho servicio de bienestar sólo podrá continuar afiliado el personal que resultare traspasado desde esa Superintendencia a la Comisión y el personal jubilado de esa Superintendencia que se encontrare afiliado en él. Sin perjuicio de lo anterior, el señalado personal podrá optar por afiliarse al servicio de bienestar de la Comisión para el Mercado Financiero.”. 103 0 4 0 APROBADO Ver detalle votación
110 artículo décimo segundo. 100 3 4 0 APROBADO Ver detalle votación
110 numeral 1) del artículo décimo primero. 99 3 4 0 APROBADO Ver detalle votación
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