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Proyecto de Ley:

Regula la portabilidad financiera

Legislatura:
367
Fecha de ingreso:
martes 03 de septiembre de 2019
Estado
  • Tramitación terminada
  • (Ley N° 21.236 - D.Oficial 09/06/2020)
Numero de boletín
12909-03               
Materia:
Portabilidad Financiera
Iniciativa:
Mensaje
Cámara de origen
Cámara de Diputados
Autor
Ministerio de Economía, Fomento y Turism | Ministerio de Hacienda

Votaciones

Sesión Artículo A Favor En Contra Abstención Dispensados Resultado Detalle
25 Nuevo artículo 27 incorporado por el Senado. 90 59 2 0 APROBADO Ver detalle votación
25 Modificaciones incorporadas por el Senado en el artículo 20. 88 63 0 0 APROBADO Ver detalle votación
25 Supresión propuesta por el Senado del artículo 16. 84 65 3 0 APROBADO Ver detalle votación
25 Modificaciones incorporadas por el Senado en el artículo 13 que pasaría a ser 14. 84 63 4 0 APROBADO Ver detalle votación
25 Modificaciones incorporadas por el Senado en el artículo 8 que pasaría a ser 9. 87 62 2 0 APROBADO Ver detalle votación
25 Supresión propuesta por el Senado del inciso final del artículo 4 que pasaría a ser 5. 78 69 4 0 APROBADO Ver detalle votación
25 Modificaciones incorporadas por el Senado en el artículo 1. 83 62 7 0 APROBADO Ver detalle votación
25 Modificaciones introducidas por el Senado, con la salvedad de las enmiendas recaídas en el artículo 1; la supresión propuesta por el Senado del inciso final del artículo 4 que pasaría a ser 5; de las enmiendas recaídas en el artículo 8 que pasaría a ser 9 y 13 que pasaría a ser 14; de la supresión propuesta por el Senado del artículo 16; de las enmiendas recaídas en el artículo 20 y del nuevo artículo 27 incorporado por el Senado, cuyas votaciones separadas han sido solicitadas. 135 13 4 0 APROBADO Ver detalle votación
97 indicación renovada de las diputadas señoras Francesca Muñoz y Sofía Cid y del diputado señor Jaime Naranjo: Para agregar el siguiente inciso final nuevo al artículo 4°: “Con todo, las personas que estén en mora de pagar pensiones de alimentos no podrán acceder a la portabilidad financiera. El reglamento determinará la forma de acreditar esta circunstancia así como la cantidad de cuotas impagas de pensiones de alimentos y su periodicidad, para considerar que se encuentre en mora de pagar.”. 105 6 31 0 APROBADO Ver detalle votación
97 141 0 1 0 APROBADO Ver detalle votación
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