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Proyecto de Ley:

Define el descarte de especies hidrobiológicas y establece medidas de control y sanciones para quienes incurran en esta práctica en las faenas de pesca.

Legislatura:
352
Fecha de ingreso:
martes 04 de enero de 2005
Estado
  • Tramitación terminada
  • (Ley Nº 20.625 - D.Oficial 29/09/2012)
Numero de boletín
3777-03               
Materia:
Biología Marina
Iniciativa:
Moción
Cámara de origen
Senado
Autor
Antonio Horvath | Baldo Prokurica | José Ruiz

Votaciones

Sesión Artículo A Favor En Contra Abstención Dispensados Resultado Detalle
73 80 0 1 0 APROBADO Ver detalle votación
44 Artículo 111 B 80 20 2 0 APROBADO Ver detalle votación
44 Artículo 111 A 86 10 3 0 APROBADO Ver detalle votación
44 Artículo 106 84 14 3 0 APROBADO Ver detalle votación
44 Artículo 64 E 71 25 4 0 APROBADO Ver detalle votación
44 Artículo 1°, con las adiciones y enmiendas propuestas por la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos, que figuran en las páginas 2 a 6 de su informe, haciéndose constar que el artículo 7 C, introducido por el N° 2, y el artículo 64 F, incorporado por el N° 4, deben ser aprobados con el voto afirmativo de 61 señores diputados y señoras diputadas en ejercicio, por contener normas de quórum calificado, por afectar el derecho de propiedad el primero , y declarar de carácter reservado la información que se obtenga para fines de conservación de los recursos hidrobiológicos, el segundo, con la salvedad de los artículos 64 E, 106, 111ª y 111 B 103 1 1 0 APROBADO Ver detalle votación
130 Artículo 1° numerales 1, 2, 4 y 5. 91 0 0 0 APROBADO Ver detalle votación
130 Texto propuesto menos el artículo 1° numerales 1, 2, 4 y 5. 79 0 0 0 APROBADO Ver detalle votación
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