Artículo:
indicación de la Comisión de Hacienda para incorporar el siguiente artículo transitorio:
“Artículo transitorio.- El reglamento que se debe dictar en conformidad a esta ley, deberá expedirse en el plazo de tres meses contado desde la fecha de publicación de la presente ley.”.
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe