Materia:
Modifica el Código Procesal Penal para imponer a las autoridades religiosas o eclesiásticas que indica, la obligación de denunciar hechos que revistieren caracteres de delito, contra menores de edad y personas impedidas de ejercer con autonomía sus derechos, y de que tomaren conocimiento en virtud de sus funciones
Artículo:
numeral 1 del artículo único con la siguiente indicación: Para agregar a continuación de la palabra “derechos” y antes del punto aparte, la frase “siempre que tal conocimiento no haya sido tomado con ocasión de secreto de confesión o secreto profesional”.
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe