Artículo:
Inciso primero del artículo 94 nuevo, contenido en el artículo único propuesto por la Comisión de Salud, considerando la indicación de la diputada Pamela Jiles, del siguiente tenor:
Modifíquese el nuevo artículo 94 Bis del Código Sanitario de la siguiente forma:
“Sustitúyase en el inciso primero el punto seguido por una coma y a continuación agrégase la siguiente frase: “ni de los productos que sirvan para prevenir de forma directa o indirecta la alerta sanitaria o pandemia, ni de los productos que cumplan funciones de higiene personal, domiciliaria o ambientales.”
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe