Materia:
Modifica la ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, para restringir temporalmente la facultad del administrador de suspender o requerir la suspensión del servicio eléctrico a los copropietarios que se encuentren morosos en el pago de gastos comunes, durante la vigencia del estado de catástrofe decretado con ocasión de la pandemia por Covid-19
Artículo:
Indicación de los diputados señores Longton, Urrutia, don Osvaldo y Winter : para agregar un nuevo inciso segundo al artículo único, del siguiente tenor:
“Esta disposición no obsta la aplicación de otras medidas que la comunidad pueda establecer de consuno y transitoriamente, para efectos de mantener su funcionamiento regular, y hacerse cargo de sus obligaciones imprescindibles.”
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe