Artículo:
indicaciones renovadas:
Para incorporar el siguiente artículo nuevo:
Artículo 8°.- Modifícase la ley N° 18.010 que establece normas para las operaciones de crédito y otras obligaciones de dinero que indica, en el siguiente sentido:
1) Agrégase un nuevo inciso 3° del artículo 10°.
2) Agrégase un nuevo inciso segundo al artículo 16.
Trámite:
Segundo Trámite / Primer Informe