Materia:
Establece un procedimiento especial para hacer efectiva la responsabilidad civil del Estado respecto de personas que hayan sido víctimas de lesiones, mutilaciones o muerte, en el contexto de movilizaciones sociales
Artículo:
4- En votación la solicitud de reconsideración de la declaración de inadmisibilidad de la siguiente indicación del diputado señor Bobadilla:
Para reemplazar el inciso tercero, del numeral 2, del artículo 2, por el siguiente: "Se excluyen como víctimas, a aquellas personas que hubieren sido condenadas por la comisión de delitos, cometidos dentro del contexto de estallido social que define esta ley, por cuanto las manifestaciones violentas no se encuentran amparadas por el legítimo derecho a la protesta social.".
Trámite:
Primer Trámite / Segundo Informe