Materia:
Establece un procedimiento especial para hacer efectiva la responsabilidad civil del Estado respecto de personas que hayan sido víctimas de lesiones, mutilaciones o muerte, en el contexto de movilizaciones sociales
Artículo:
8. En votación particular el resto del artículo 2 del texto propuesto por la Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios en su segundo informe, cuya votación separada ha sido solicitada y que consta en las páginas 2 a 4 del comparado.
Trámite:
Primer Trámite / Segundo Informe