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Publicado 05/11/2015 13:14:06

Cámara rechaza modificaciones del Senado a proyecto que crea centros de formación técnica estatales

La iniciativa será analizada por una Comisión Mixta de diputados y senadores.

La iniciativa será analizada por una Comisión Mixta de diputados y senadores.

La Cámara de Diputados rechazó las modificaciones realizadas por el Senado al proyecto de ley que crea 15 centros de formación técnica regionales (boletín 9766).

La Cámara no estuvo de acuerdo con la mayoría de los cambios, debido a que, a juicio de los diputados, no se aseguraba el carácter regional que se le quiere dar a estas nuevas instituciones.

Por parte de la Cámara, integrarán esta comisión mixta las diputadas María José Hoffmann (UDI) y Yasna Provoste (DC) y los diputados Felipe Kast (Ind), Fidel Espinoza (PS) y Rodrigo González (PPD).

Las enmiendas del Senado proponían:

- Cambiar el concepto de "Centros de Formación Técnica" por "Institutos Tecnológicos", aclarando que serán centros de formación técnica estatal.
- Incluir dentro de sus objetivos contribuir al desarrollo material y social sostenido, sustentable y equitativo de sus respectivas regiones, colaborando con el fomento de la competitividad y productividad; la diversificación de la matriz productiva de la región y del país, favoreciendo la industrialización y agregación de valor, además de la formación de personas con sentido ético y de solidaridad social, respetuosas del medioambiente y de los derechos humanos.
- Enfatizar el deber de estas instituciones de entregar formación pluralista, inclusiva, laica, democrática, participativa y que considere las características socioculturales del territorio; y establecer la colaboración con universidades nacionales y extranjeras, pero cautelando la autonomía de cada institución en el cumplimiento de su proyecto institucional y, particularmente, en los ámbitos administrativo y financiero.

Además, se planteaba que cada Instituto Tecnológico se vincule al menos con un establecimiento de enseñanza media técnico profesional ubicado de la misma región; eliminar el artículo 1° Transitorio, que facultaba al Presidente de la República para dictar un decreto con fuerza de ley para establecer reglas comunes a los estatutos de todos los institutos tecnológicos; facultar al Presidente de la Republica para dictar los estatutos de los Institutos Tecnológicos, indicando la fecha de inicio de funciones y actividades académicas; y disponer la gradualidad en la entrada en funcionamiento de estos organismos, estableciéndose que entre los años 2016 y 2017 comenzarán 5; entre 2018 y 2019, otros 5; y entre 2020 y 2021, los restantes 5.

Finalmente, el Senado propuso establecer las normas respecto al primer rector de los institutos, el que debe estar nombrado al menos tres meses antes de la entrada en funcionamiento del instituto respectivo y que durará cuatro años en su cargo, y será nombrado mediante el sistema de Alta Dirección Pública; que la universidad tutora debe designarse 90 días antes de la entrada en funcionamiento del instituto y que, con el propósito de asegurar la calidad de la institución que se crea, y sin perjuicio de su autonomía por ley atendido que tiene el carácter de estatal, el Consejo Nacional de Educación llevará un proceso de supervigilancia del instituto durante el período en que está acreditando su calidad; y eliminar el artículo 6° transitorio, que permitía que los centros de formación técnica ya existentes, creados por universidades estatales (Universidad de Tarapacá, de Atacama, de Valparaíso y de La Frontera), se transformen a personas jurídicas sin fines de lucro en un plazo de dos años, para evitar su competencia con los nuevos centros que se crean.