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Publicado 12/02/2016 10:00:32

Ingresa proyecto para tipificar penalmente los portonazos

Propuesta parlamentaria señala que enfrentar la delincuencia requiere el perfeccionamiento de algunos tipos penales para atacar conductas que se han sofisticado en el tiempo.

Propuesta parlamentaria señala que enfrentar la delincuencia requiere el perfeccionamiento de algunos tipos penales para atacar conductas que se han sofisticado en el tiempo.

Los diputados RN Gonzalo Fuenzalida; Bernardo Berger; Rene Manuel García; Cristián Monckeberg; Leopoldo Pérez; Alejandro Santana; Paulina Núñez; Marcela Sabat y los diputados Daniel Farcas (PPD) y Felipe Kast (IND), presentaron a trámite un proyecto que busca modificar el Código Penal para establecer nuevos tipos penales de robo de vehículo motorizado y de las especies contenidas en su interior.

La iniciativa (boletín 10515), plantea que los altos niveles de victimización y la sensación de temor que se ha apoderado de los chilenos en los últimos meses, dejan en evidencia un fracaso en la forma en que se ha enfrentado la delincuencia y que algunos tipos penales requieren de su perfeccionamiento y precisión para atacar determinadas conductas delictuales que se han ido sofisticando con el tiempo.

Los legisladores se refieren, en particular, a los denominados “portonazos” como una forma delictual que debe ser especialmente perseguida y sancionada por el Estado, a partir del temor que provoca y porque, al menos en la hipótesis punible de esta moción, tiene lugar en lugares que son expresión de resguardo e intimidad para las víctimas.

La propuesta también plantea incorporar la figura de robo con violencia e intimidación que permite a quien impide su consumación acogerse a las circunstancias eximentes de la legítima defensa señalados en los numerales 4°, 5° y 6° del artículo 10 del Código Penal.

Finalmente, con la intención de terminar cualquier debate referido a la tipificación del robo con fractura de vidrios de automóviles, este proyecto lo cataloga como robo con fuerza, sin perjuicio de su posterior calificación como robo con violencia e intimidación de concurrir estos elementos agravantes.

De esta manera, la modificación plantea incorporar en el artículo 436 del
Código Penal que “se considerara robo y se sancionará con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo, la apropiación de vehículos motorizados o cualquier otro bien mueble que sufriere el ofendido al momento de salir o ingresar al inmueble en el cual habite con su grupo familiar, o cuando se apreste a ello”.

En tanto, en el artículo 443 se añade que también se considerará robo y será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo “la sustracción de especies desde el interior de un vehículo motorizado mediante la fractura de vidrios o la utilización de cualquier otro medio útil para forzar sus puertas e ingresar a este. Si al interior del vehículo se encuentran personas al momento de cometerse el delito, se aplicará la pena señalada, salvo que el hecho se configure como delito de robo con violencia o intimidación en las personas, caso en el cual se aplicará la respectiva pena asignada a este.

El texto fue presentado a trámite el pasado 19 de enero y derivado a la Comisión de Constitución para su estudio.