Volver
Publicado 27/05/2016 10:00:17

Moción regula las actividades de voluntariado y establece derechos y deberes para estos

Según expresaron los autores del proyecto, "es necesario desarrollar una política pública en esta materia, haciendo de esta una actividad dirigida hacia la promoción del interés general, del bien común, que busque impulsar iniciativas solidarias, desde la administración del Estado, las instituciones de educación y la ciudadanía".

Según expresaron los autores del proyecto,

Considerando que el voluntariado, y las actividades que forman parte de su quehacer, son una manera de involucrar directamente a la sociedad civil en los problemas que enfrenta el Estado y los particulares en materia de desarrollo social, un grupo transversal de diputados, encabezado por Karol Cariola (PC), presentó un proyecto de ley (boletín 10679) que busca regular estas actividades y establecer derechos y deberes para estos.

La iniciativa legal, derivada a la Comisión de Desarrollo Social para su estudio, fue ingresada el pasado 11 de mayo por la diputada Cariola, junto a los parlamentarios Maya Fernández (PS), Camila Vallejo (PC), Giorgio Jackson (IND) y Daniel Melo (PS).

En el documento, los parlamentarios indicaron que las personas voluntarias contribuyen desinteresadamente con tiempo, trabajo, conocimientos y experiencia, todo lo cual conforma una red de actividades cuya finalidad fundada en la solidaridad y el interés general, aporta directamente a estructurar una sociedad inclusiva y comprensiva de todas y todos quienes la conforman.

Manifestaron que las actividades de voluntariado tienen una escasa regulación en nuestro país, a diferencia del derecho comparado, donde en países como Francia, Nueva Zelandia, Argentina, Colombia y Estados Unidos, cuentan con estatuto propio de derechos y deberes y una estructuración fiscal de fomento y promoción.

En esta línea, expresaron que en Chile hay una reducida mención en la Ley 20.500 sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública, que sólo reconoce a las organizaciones de voluntariado como organizaciones de interés público cuya actividad principal se realiza con un propósito solidario, a favor de terceros y se lleva a cabo en forma libre, sistemática y regular, sin pagar remuneración a sus participantes y genera un catastro, sin profundizar en una política pública al respecto.

“Es, entonces, que se hace necesaria desarrollar una política pública de voluntariado. Una actividad dirigida hacia la promoción del interés general, del bien común, que busque impulsar iniciativas solidarias, desde la administración del Estado, las instituciones de educación y la ciudadanía”, afirmaron.

Agregaron que, como aporte para estructurar esta política pública de voluntariado, es que presentan esta propuesta, de modo de generar una norma de rango legal que consagre un adecuado estatuto del voluntariado, regulando sus actividades, beneficios y proyectos, así como también los derechos y deberes de los actores involucrados en estas actividades.

“Una normativa de este tipo, además, debe contemplar la existencia de beneficios laborales para trabajadores que son integrantes de organizaciones de voluntariado o que quisieran contribuir a la actividad, además de capacitarse adecuadamente para su implementación”, remataron.