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Publicado 27/05/2016 16:00:00

Proyecto busca establecer límites a los montos de los aportes que efectúan los candidatos a concejal en sus campañas

La iniciativa plantea que dichos montos no podrán sobrepasar el veinticinco por ciento del límite de gasto autorizado y señala que, con todo, el candidato a concejal podrá financiar con aportes propios un mínimo de 50 UF, cuando el porcentaje del gasto sea inferior a este monto.

La iniciativa plantea que dichos montos no podrán sobrepasar el veinticinco por ciento del límite de gasto autorizado y señala que, con todo, el candidato a concejal podrá financiar con aportes propios un mínimo de 50 UF, cuando el porcentaje del gasto sea inferior a este monto.

Considerando las nuevas normas sobre transparencia, limite y control de gasto electoral, el diputado Nicolás Monckeberg (RN) presentó un proyecto de ley (boletín 10694) que modifica Ley 19.884, en materia de límites a los montos de los aportes que efectúan los candidatos a concejal en sus campañas.

La moción, derivada a la Comisión de Gobierno Interior para su estudio, describe en su texto que a la hora de entrar en vigencia las nuevas normas sobre transparencia, límite y control de gasto electoral, surgidas a partir del acuerdo de todos los sectores políticos del país para la modificación de la Ley 19.884 de 2003, se incorporaron reparos referidos a los aportes personales que los mismos candidatos efectúan en sus propias campañas, más conocidas como “aportes propios”.

Sobre esto, el parlamentario expresó que, en ese momento, tratándose de los candidatos a concejales, el espíritu del legislador fue establecer, no solo un límite máximo de aportes personales para el financiamiento de la campaña, sino que, además, garantizar un piso de aporte propio permitido para el caso de las candidaturas de las comunas más pequeñas.

Agregó que, no obstante la intención, lamentable e inadvertidamente, se produjo un error de redacción respecto de este aspecto que, según indicó, termina perjudicando a aquellos candidatos a concejales, especialmente de comunas pequeñas, pues el aporte base de 50 UF termina convirtiéndose en el límite máximo que cualquier candidato a concejal (independiente de su comuna) se encuentra autorizado a aportar personalmente a su campaña.

En esta línea, el legislador manifestó que, en efecto, el artículo 9° de la Ley señala: "En el caso de las candidaturas a concejales, dichos montos no podrán sobrepasar las cincuenta unidades de fomento o el veinticinco por ciento del límite de gasto autorizado, cuando este porcentaje sea equivalente a un monto inferior a cincuenta unidades de fomento."

Añadió que esta última frase, en la práctica, establece, a todo evento, un tope de 50 UF como aporte personal máximo del candidato a su campaña en circunstancias que el espíritu del legislador fue precisamente el opuesto: asegurar un piso de 50 UF de "aporte propio" de los candidatos a sus campañas independiente del monto de gasto autorizado.

Por todo lo mencionado anteriormente, propuso que, para el caso de las candidaturas a concejales, dichos montos no podrán sobrepasar el veinticinco por ciento del límite de gasto autorizado y que, con todo, el candidato a concejal podrá financiar con aportes propios un mínimo de 50 UF cuando el porcentaje del gasto sea inferior a este monto.