Volver
Publicado 29/12/2016 12:30:45

Presidente de la Cámara asistió a promulgación de reforma constitucional para elección de gobernadores regionales

Destacando que este es el primer hito para materializar la descentralización del país, la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, promulgó esta mañana la reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del Gobierno Regional.

Destacando que este es el primer hito para materializar la descentralización del país, la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, promulgó esta mañana la reforma constitucional que dispone la elección popular del órgano ejecutivo del Gobierno Regional.

La modificación apunta a que el candidato que obtenga la mayoría - que siempre debe ser mayor al 40 por ciento de los votos - será el Gobernador Regional, cargo que sustituye al del Intendente.

Al respecto, la mandataria señaló que “hoy estamos dando el primer paso para hacer realidad un antiguo anhelo de los chilenos: tener un país más descentralizado”.

Explicó que la medida “significa que los habitantes de cada región serán quienes elijan a un Gobernador Regional, que será también el Presidente del Consejo Regional y encabezará el trabajo ejecutivo en la zona”.

En ese sentido, el Presidente de la Cámara, diputado Osvaldo Andrade, destacó que este es "el primer paso para terminar con un entramado de normativas que son necesarias para terminar con un formato de intendentes designados. Lo que hoy día estamos aprobando es la reforma constitucional que permite la elección directa de los futuros gobernadores regionales. Falta aún la ley orgánica, que va a materializar este esfuerzo; falta también la ley, que está cercana al tercer trámite, de transferencia de competencias y atribuciones, y hay un tema pendiente de financiamiento".

Indicó que el Congreso de luz verde a estas iniciativas, "podemos dar por resuelto el tema de la propuesta de descentralización de la Presidencia".

Nuevos gobiernos locales

La reforma constitucional promulgada crea la figura del gobernador regional, elegido por votación directa por la ciudadanía, para un periodo de cuatro años y una reelección para el periodo siguiente, con más de un 40% de los votos. Adicionalmente, el Presidente de la República designará delegados presidenciales regionales y provinciales.

La administración superior de cada región reside en un gobierno regional, que tendrá por objeto el desarrollo social, cultural y económico de la región. El gobierno regional estará constituido por un gobernador regional y el consejo regional.

El gobernador regional presidirá el consejo y ejercerá las funciones y atribuciones que la ley orgánica constitucional determine, en coordinación con los demás órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa. Asimismo, le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.

Dentro de las inhabilidades que esta reforma establece, se señala que ni el gobernador regional ni los delegados presidenciales podrán ser candidatos a parlamentarios.

En tanto, el gobernador regional será fiscalizado por el Consejo Regional, que podrá ejercer esta atribución con el voto conforme de un tercio de los consejeros regionales presentes

También se establecen incompatibilidades entre el cargo de gobernador regional y cualquier otra función pública, salvo la docencia, y el fueron de esta nueva autoridad.

Otras Noticias Relacionadas

10 marzo

Publicado 10 de March 2020

6 marzo

Publicado 6 de March 2020

11 marzo

Publicado 11 de March 2020

Presidentes de la Cámara y el Senado se reúnen con firmantes de acuerdo por nueva Constitución

Publicado 9 de March 2020

12 marzo

Publicado 12 de March 2020

Ver más noticias >>>